Āggri retuiteado

🛑He sabido que varios despachos de colegas muy competentes en materia constitucional y amparo, están ofreciendo servicios para demandar la inconstitucionalidad de la reforma constitucional al artículo 127 de la norma suprema en materia de: límite a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas.
🚨La apuesta es clara: primero ir al amparo y, en caso de que no se obtengan resultados favorables [lo que seguramente sucederá], se prevé llevar el asunto ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para buscar tanto la emisión de una medida cautelar, como la posibilidad de que la Comisión decida, a su vez, plantearlo ante la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos [esta perspectiva es correcta, pero lo que no dicen es que el plazo para que se resuelva en la instancia interamericana puede tardar entre 7 y 10 años]
📍Desde mi óptica, en las circunstancias y con la configuración actual del #PJF, este litigio nace muerto y con pocas posibilidades de éxito ¿Ustedes piensan que la actual integración de la #SCJN va a admitir la inconstitucionalidad de una reforma a la Constitución, cuando ésta es producto de otra reforma constitucional que fue cuestionada internamente y está siendo objeto de análisis ante la Comisión-IDH?
⭕️Y ojo, no se piense aquí que no hay razones de fondo para poner bajo una relevante duda de validez constitucional y convencional a la reforma al límite a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas; el tema es de política judicial de órganos que han emanado de otra reforma igualmente cuestionada, se trata de la supervivencia misma del actual #PJF.
🔵Éxito para quienes emprendan esta cruzada.
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