Cesar J. R.
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¿Sabías que @vannessarr recibió 200,000 USD en pagos triangulados de dinero público coordinados con la red de empresas de @PPmerino ? ¿Sabías que Carlos @perezricart recibe 80,000 USD desde el @CIDE_MX para hablar bien de @Claudiashein ? Todo esto y más, este martes.





🚨🇲🇽 | EL CÁRTEL DE TABASCO: Líderes políticos y empresarios tabasqueños afirmaron desconocer a un grupo de "nuevos multimillonarios" ligado al poder político, quienes han obtenido contratos millonarios de Pemex gracias a la "4T".



Antes la carrera judicial obligaba a escalar lentamente por escalafones para conocer como funcionaba el sistema de justicia, y se llegaba por exámenes y trajo. Cómo se hace carrera ahora en el poder judicial para llegar a la Suprema Corte De Justicia 👇










La @SCJN tiró a la basura las dos murallas jurídicas que nos protegían del congelamiento administrativo indiscriminado. Hoy, lo que antes era excepcional (bloqueos solo atados a compromisos internacionales claros) se vuelve una herramienta mucho más amplia en manos del Ejecutivo, con menos cinturones de seguridad para la propiedad y el debido proceso. - Antes: la UIF solo podía bloquear constitucionalmente cuando cumplía obligaciones o resoluciones internacionales específicas, documentadas y verificables. - Hoy: ese candado se abandonó; la frontera entre prevención legítima y castigo sin juicio se vuelve más tenue. La primera jurisprudencia que se abandonó, decía: el bloqueo de cuentas solo es constitucional si se ancla a tratados, resoluciones de organismos internacionales o solicitudes expresas de autoridades extranjeras, con papeles en la mano, no con invocaciones vagas. Esa “ancla internacional” no era un tecnicismo, era el freno a la discrecionalidad: obligaba a la UIF a demostrar que no actuaba por sospechas difusas, sino en cumplimiento de compromisos precisos y verificables, y le daba al juez un parámetro objetivo para revisar el abuso. - Esa muralla impedía que el artículo 115 de la LIC se usara como cheque en blanco para congelar patrimonios con origen puramente nacional. - Gracias a ella, el mensaje era claro: bloquear cuentas sin esa base internacional era inconstitucional. La segunda jurisprudencia que se abandonó, nos daba el escudo procesal: permitía que, en amparo, el juez ordenara el desbloqueo provisional de las cuentas como regla, porque la suspensión existe para evitar que el Estado te destruya primero y pregunte después. Solo si la UIF acreditaba un verdadero compromiso internacional el bloqueo se mantenía como excepción. Esa pequeña cláusula procesal era, en los hechos, el salvavidas del ciudadano y de la empresa: te dejaba respirar, pagar nómina, sobrevivir al litigio. - Esa regla obligaba a la UIF a rendir cuentas rápido, con documentos, no con discursos. - Hoy, al abandonar ambos criterios, la Corte desarma ese equilibrio: fortalece el congelamiento, debilita la suspensión y deja al ciudadano frente a una medida administrativa que puede sentirse cada vez más cerca de una sanción sin sentencia.

🙃🤷🏻👩🏼⚖️ Así defendió la ministra María Estela Ríos el bloqueo de cuentas por la UIF; “El derecho de propiedad que es el derecho a la propiedad sí se tiene, pero no el derecho de propiedad” La ministra de la @SCJN, María Estela Ríos defendió su postura a favor de que la Unidad de Inteligencia Financiera pueda bloquear cuentas bancarias de los ciudadanos al asegurar que el derecho de propiedad existe… pero no existe, pues no todos “disfrutan” de ese derecho de la misma forma porque no todo el mundo tiene cuenta bancaria. “Porque debe prevalecer una situación de equilibrio entre el interés privado que parte del Derecho de Propiedad, derecho de propiedad que desgraciadamente no todos disfrutan porque no todos tienen una cuenta bancaria y la gente puede ser bloqueada. Entonces perdón pero defender como si fuera un derecho universal el derecho a la propiedad sí se tiene pero no el derecho de propiedad y no es absoluto ese Derecho a la Propiedad desde hace ya tiempo”.




