Sala Constitucional TSJ ratifica desaplicación del literal “j” del artículo 41 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación de Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial
Reglamento de Mascotas en el Condominio 🐾
Importante considerar a la hora de su redacción: la Ley para la protección de la fauna doméstica libre y en cautiverio. Gaceta Oficial Número 39.338 del 4 de enero de 2010
Para tomar decisiones en el condominio hay 2 mecanismos previstos en la Ley de Propiedad Horizontal
1. Consulta Escrita (Art. 23)
2. Asamblea de propietarios (Art. 24)
En el documento de Condominio podemos tener algún régimen especial, de allí la importancia de revisarlo.
Asambleas de condominio no están prohibidas con ocasión al Estado de Conmoción Exterior. La Junta y la comunidad pueden evaluar la necesidad y la pertinencia de convocar asamblea.
En la imagen tienen 2 artículos del Decreto para revisar.
La participación en el condominio es importante.
Si no estamos de acuerdo con algo, hay que manifestarlo, y en todo caso votar en contra. Dejar de participar tiene sus consecuencias
⚠️ Sanciones en condominios, por Ley de protección de pensiones.
Revisen si fueron debidamente notificados
Ejerzan los recursos que les concede el COT
🚫 Residencias no ejercen actividad económica, por tanto no están sujetas al pago de esta contribución especial.
Ha partido nuestro estimado y muy querido @eliassantana_ve promotor comunitario, fundador de @Micondominiocom y gran amigo de esta plataforma.
Nuestras condolencias a familiares y amigos.
Q.E.P.D.
Tipos de deudores de condominio:
El que se aprovecha del tipo de cambio, y paga con bastante demora
El que no paga porque no vive en el edificio
El que no paga porque no está de acuerdo con uno de la Junta
El que no tiene medios económicos, pero aún así objeta todo
Importante: revisar nuestro Documento de Condominio porque puede tener alguna disposición especial en materia de entrega de informe y cuenta de la administración.
Rendición de cuentas en el Condominio
1. Se presenta anualmente
2. Le corresponde al que ha manejado cuentas ajenas o que le son comunes: Administrador, Junta de Condominio, Propietario