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Sean
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@Maul1974 @KromicB @jolivarestolosa Si tu eres actor de doblaje (y probablemente se te conozca y recuerde por tus grandes papeles) tus directos en twitch no es también intrusismo?
Cada quien es libre de hacer lo que le salga de la minga, punto.
De verdad, lo de llorar por gilipolleces se nos va de las manos.
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@KromicB @jolivarestolosa Sigue siendo intrusismo ya que ejecuta un oficio que no es sl suyo, aunque el suyo lo haga muy bien.
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Llevo meses callándome que fui la voz de Ultraman / El martillo de Boravia en #Superman. Hoy os hablo de la experiencia en mi nuevo short/reel/tiktok y seguidme en redes si no lo hacéis!
YT: youtube.com/shorts/siko38B…
TK: vm.tiktok.com/ZNdqdmBgd/
IG: instagram.com/reel/DOLLjawCE…

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@Registrador_R Disculpe, no preguntaba si es recurrible, sino si hay alguna norma concreta que permita al registrador exigir más de lo que el juzgado exige, habiendo resolución firme, causa expresa y orden de cancelación.
¿Existe?
Agradeceria que no evitara el fondo de la pregunta.
Gracias.
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@Master_Pliskin Buenos días de nuevo.
Lógicamente habría que ver cada supuesto y, en último caso, toda calificación es recurrible, como no puede ser de otra forma.
Reciba un cordial saludo.
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Buenos días a todos.
A raíz de una consulta que nos hicieron por MD el viernes, hoy vamos a explicar:
Cómo se cancela la HIPOTECA en el #RegistroDeLaPropiedad cuando he acabado de devolver el préstamo.
🧵#hiloRegistral

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@Registrador_R Pero… y si el decreto es firme, no recurrido, ordena cancelar y la causa consta… pero aun así el registrador se niega y pide documentación que ni el juzgado ni el acreedor han exigido?
¿Alguna ley ampara eso? …me da curiosidad.
Saludos cordiales 😁
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@Registrador_R Gracias por sus múltiples respuestas y la atención prestada. Se agradece el esfuerzo por aclarar doctrina y matices jurídicos. Aunque a veces parezca que también hay mucho esfuerzo en justificar, aunque igual es cosa mía.
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@Registrador_R Gracias por la respuesta. Precisamente, si hay resolución firme dictada en proceso contra el acreedor (82.5 LH), ya hay causa. No cabe exigir otra, pues el art. 100 RH impide calificar fondo, motivos ni causa. Lo confirma su respuesta: basta con que sea “causal”.
¿No?
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@Master_Pliskin Lo que se exige es que la cancelación sea causal.
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@Registrador_R Segun art. 82.5 LH, la hipoteca puede cancelarse sin consentimiento del acreedor si lo ordena una resolución judicial firme dictada en proceso contra él. En tal caso, el Registrador no puede calificar el fondo, motivos ni causa de dicha resolución (art. 100 RH). Me equivoco?
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@Master_Pliskin Buenos días.
En principio, el documento judicial para practicar una cancelación es el mandamiento ordenando la práctica de la misma.
Además, la cancelación debe tener una causa, es decir, no cabe la cancelación sin un motivo.
Reciba un cordial saludo.
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@Registrador_R ¿Y en los casos en que existe un decreto judicial firme que ordena la cancelación de hipoteca sin más trámite? ¿Cuál es el criterio registral en esas situaciones?
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Esperamos que este #hiloRegistral les haya resultado de interés.
Reciban un cordial saludo.
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@PlayStationES Playstation era pro consumidor y tenia precios accesibles xD
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@Registrador_R Gracias por la respuestas, las voy a guardar para ampliar el expediente que ya hay abierto en la DGSJYFP.
Buenos dias! ^_^
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@Master_Pliskin La Sede Electrónica viene funcionando desde hace tiempo ya y cada vez es mayor el número de documentos recibidos y despachados de forma completamente telemática.
Reciba un cordial saludo.
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@Registrador_R Vuelvo a hacer la pregunta.
Por que no se admiten escritos por redsara o por la propia sede de la pagina de registradores?
Existe la opción en apariencia, pero no es funcional y no es solo a mi, es que no le funciona a nadie.

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@Registrador_R Sigue sin responder el fondo del asunto
Por que no se admiten escritos por redsara o por la propia sede de la pagina de registradores?
Existe la opción en apariencia, pero no es funcional y no es solo a mi, es que no le funciona a nadie.
Y bueno, lo de la obligación que dice...😅

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@Master_Pliskin Buenas tardes.
El email no es un medio admitido por la DGSJYFP para la presentación de documentos.
En cuanto a la opacidad, los registros tienen de hecho la obligación de llevar en un libro Diario la presentación de toda la documentación aportada para inscripción.
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Señores del @Registrador_R Por que tenéis bloqueadas las entregas de documentos administrativos por sede electrónica propia como por redsara y email, bloqueados? digo yo que para dejar mejor y mayor trazabilidad y que no hubiera... "cosas opacas", seria lo suyo, no?
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