✅#ComunicadoSonoro | Hoy la #SCJN garantizó que utilizar la imagen de una persona sin su consentimiento para publicidad, amerita el pago de una indemnización de al menos el 40 % del precio de venta o del servicio ofertado.
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Hoy la #SCJN garantizó que utilizar la imagen de una persona sin su consentimiento para publicidad, amerita el pago de una indemnización de al menos el 40 % del precio de venta o del servicio ofertado.
Además, resolvió otros asuntos relevantes. ¡Entérate! ℹ️ bit.ly/425RbtZ
🔎 ¿Sabes cómo encontrar en el Semanario Judicial de la Federación la jurisprudencia emitida por los tribunales del Poder Judicial de la Federación?
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📩 Para realizar tu registro, envía un correo electrónico con tu nombre completo e indica tu interés en participar en esta actividad a la siguiente dirección: cursosjurisprudencia@scjn.gob.mx
🚨 #ÚltimaHora | Si una empresa utiliza sin autorización tu imagen para publicidad, debe pagar una indemnización mínima del 40% del precio de venta al público del producto o servicio anunciado: #SCJN
⚠️Esto sin descontar costos de producción, distribución o comercialización.
El monto debe calcularse sobre las ventas realizadas en el lugar y durante el tiempo en que se difundió la campaña, actualizadas con el Índice Nacional de Precios al Consumidor.
⚖️ En un caso en el que se utilizó la imagen de una persona para el anuncio de bebidas alcohólicas, el Pleno ordenó emitir una nueva resolución que aplique correctamente este parámetro y reforzó la reparación integral del daño y la protección de la dignidad.
📄 Amparo Directo en Revisión 6448/2025.
Sigue #EnVivo la sesión del Pleno de la #SCJN.
✅ Conoce los asuntos que se discutirán:
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🕙 10:30 h
🔴 En vivo por nuestras redes sociales y en
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🖥️ Modalidad virtual
📅 Del 29 de abril al 3 de junio
🕓 Miércoles de 16:00 a 18:00 h
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✅ #ComunicadoSonoro | Hoy la #SCJN garantizó el acceso a implantes cocleares, aparatos auditivos y otros apoyos esenciales para niñas, niños y adolescentes que son derechohabientes del IMSS, también protegió a personal de salud que acompaña abortos voluntarios frente a normas penales de Morelos.
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✅ #TarjetaSonora | La #SCJN y la #RECOSUR, red integrada por 35 cooperativas de mujeres indígenas y afromexicanas de Chiapas, Guerrero, Oaxaca y Michoacán, unen esfuerzos para impulsar el reconocimiento y la protección de los símbolos colectivos en México y en el ámbito internacional.
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Hoy la #SCJN garantizó el acceso a implantes cocleares, aparatos auditivos y otros apoyos esenciales para niñas, niños y adolescentes que son derechohabientes del IMSS, también protegió a personal de salud que acompaña abortos voluntarios frente a normas penales de Morelos. ¡Entérate! ➡️ acortar.link/rfhdPZ
🚨 #ÚltimaHora | La #SCJN protege a personal de salud para acompañar abortos voluntarios sin riesgo de criminalización.
🩺 El Pleno revisó el caso de dos médicas que impugnaron normas penales de Morelos que sancionan la práctica de servicios de interrupción del embarazo y solicitaron que las normas se dejaran de aplicar mientras se resolvía el fondo del juicio. El juzgado de distrito negó la suspensión definitiva, por lo que el caso fue revisado por la SCJN.
⚖️ La Corte determinó que la sola vigencia de estas normas genera un riesgo real de investigación, sanción y estigmatización, lo que puede inhibir la atención en salud reproductiva.
👩🏻⚕️👩🏽⚕️ Por ello, concluyó que son autoaplicativas para personal médico y concedió la suspensión definitiva para evitar que las quejosas sean investigadas o sancionadas mientras se resuelve el fondo del amparo.
📌 La medida no elimina los delitos de aborto ni tiene efectos generales, pero sí permite ejercer la profesión sin temor inmediato a persecución penal.
📄 Revisión en Incidente de Suspensión 2/2025.
Tarjeta Informativa | La #SCJN y la #RECOSUR, red integrada por 35 cooperativas de mujeres indígenas y afromexicanas de Chiapas, Guerrero, Oaxaca y Michoacán, unen esfuerzos para impulsar el reconocimiento y la protección de los símbolos colectivos en México y en el ámbito internacional.
🚨 #ÚltimaHora | La #SCJN ordenó al IMSS garantizar servicios médicos integrales para niñas, niños y adolescentes.
🔎 El Pleno declaró inconstitucional, con efectos generales para todas las niñas, niños y adolescentes, la norma que excluía de la cobertura del Seguro de Enfermedades y Maternidad y de los servicios médicos del IMSS la dotación de anteojos, lentes de contacto, aparatos auditivos, implantes cocleares, prótesis y órtesis externas.
🩺 Esta exclusión vulneraba el interés superior de la niñez y su derecho a la salud.
⚖️ La decisión derivó de un amparo resuelto por la entonces Segunda Sala, que ordenó al IMSS brindar tratamiento integral a un niño derechohabiente con discapacidad auditiva, a quien se le había negado dicha cobertura, así como de la omisión del Congreso de la Unión de adecuar la legislación dentro del plazo constitucional.
✅ A partir de ahora, todas las autoridades deberán garantizar esta protección reforzada del derecho a la salud para niñas, niños y adolescentes.
📑 Declaratoria General de Inconstitucionalidad 13/2025.