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Diego Sagastume Vidaurre
Diego Sagastume Vidaurre@dsagastumev·
Verdad que SE LOS DIJE: Hoy me hago propia la línea de un buen amigo “verdad que se los dije”, tengo más de 2 años y medio de estar diciendo y expresando que la mejor forma de evidenciar el fraude electoral LEGAL de las elecciones generales (5 sistemas) de 2023 es en las ACTAS 4 (actas finales de cierre y escrutinio). ¿Dónde está la evidencia? En el sobrevalorado TREP. En su base de datos, específicamente en la columna que determina si está bien llena el acta o no. ¿En qué consistió el fraude? En NO CUMPLIR ni verificar el cumplimiento del correcto llenado de las actas 4. Es decir, con los 14 requisitos legales que cada acta debería llevar. ¿Era el TREP una “calculadora” o “preliminar”? NUNCA! El contrato administrativo firmado por Irma Palencia establecía que era un sistema VALIDADOR del contenido de las actas 4. Y, no era preliminar. Además, un acuerdo interno del Pleno de magistrados le daba validez a todas las actas 4 cargadas en el TREP. ¿Los datos “oficiales” son los mismos que los contenidos en el TREP? NO, los datos oficiales varían. ¿Qué requisito en común invalida las 122,293 actas 4 de la primera vuelta electoral? La falta del mismo requisito, el SELLO. Ninguna tiene SELLO de la JRV. ¿El formato utilizado de actas 4 en 4 sistemas electorales era el mismo que el aprobado por el pleno del TSE? NO, era distinto. ¿Puede contabilizarse la información de votos si el acta está mal llenada o no cumple requisitos legales? NO, el contabilizar la información de votos constituye FRAUDE A LA LEY (artículo 4 de la LOJ), dado que el requisito está establecido en la Ley Electoral y de Partidos Políticos, así como en su reglamento. Desde agosto de 2023, cuando presenté el amparo para invalidar lo actuado, dadas las ilegalidades cometidas dentro del proceso de validación de la información, se tenía aún el tiempo para detener la MAL LLAMADA segunda vuelta y, REPETIR las elecciones producto de las nulidades que nunca declararon en el TSE (ahora ya sabemos por qué razón no lo hicieron). La ley Electoral establece que si en más de 1/3 del municipio se declara la nulidad (que es evidente con esta información) la elección se repetirá. Y, en los cuadros del post que le comparto, el TREP indica en dónde está las fallas y en cuántos municipios se debía repetir. El no haber declarado la nulidad de las elecciones (5 sistemas) cuando el sistema validador de la información de las actas 4, que costó más de Q148M, establecían los problemas individuales en cada una de ellas fue y es un acto vil de CORRUPCIÓN y de TRAICIÓN A LA PATRIA. Pregúntese, ¿por qué razón no se presentaron en la entrega del cargo o relevo del cargo los salientes del TSE? Cuando se pregunte por qué el país está como está, sepa que es porque tuvimos un FRAUDE DE LEY ELECTORAL en 2023 avalado por las “autoridades” del TSE ANTERIOR. Y, lamentablemente, tuvimos una CC complaciente que no quiso ver la prueba física y prefirió “proteger la institucionalidad de la presidencia” en lugar del ESTADO DE DERECHO guatemalteco y la CONSTITUCIONALIDAD DEL MISMO como es su mandato! Falta aún ver, los funcionarios que se rifen la vida en el puesto por su país!! Ojalá lo veamos!! Que honren con su vida, trabajo y sacrificio ese puesto que ocupen! Por último, ¿la autoridad que asume por fraude es realmente una autoridad? JAMÁS!
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Diego Sagastume Vidaurre@dsagastumev

ACTAS FINALES DE CIERRE Y ESCRUTINIO (actas 4): Aquí le acompaño el resumen de la PRIMERA y SEGUNDA vueltas electorales para 2023. Solo vea la cantidad de actas 4 que tiene problemas en todos los sistemas electorales. Debemos recordarnos siempre lo que pasó en #GUATEMALA, no es posible que no abramos los ojos a más de un año de haber sucedido el FRAUDE ELECTORAL MÁS GRANDE en nuestro país. ¿Cuál fue el resultado de ambas vueltas electorales? LA REPETICIÓN DE LAS ELECCIONES EN SU TOTALIDAD!! La pregunta del millón es, ¿qué vamos a hacer para que dentro de muy poco tiempo no se vuelva a repetir esta situación? #INFÓRMESE #PIÉNSELO Este es el resultado de NO HABERSE CUMPLIDO lo que la ley dice y, que la "autoridad electoral" no haya implementado los filtros que la misma ley establece para la revisión de los documentos. En síntesis, sume la cantidad de ILEGALIDADES!! @TSEGuatemala @CC_Guatemala @CongresoGuate @GuatemalaGob @OJGuatemala #Ahora24H

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José Luis Chávez del Cid
Los fiscales de los mismos partidos de la UNE, Vamos, Todos, etc. son los responsables de la auditoría y del conteo de los votos, junto con los miembros de las JRVs, para lo que se registró en las actas # 4. Ellos por ser las personas nombradas por los partidos son los que estan registrados ante el TSE para validar los conteos, avalado por sus rubricas en las actas. De ahí en adelante las Juntas Municipales, Departamentales y Nacional fueron las encargadas de la gestión de recolectar las actas y resolver las controversias, por lo que las firmas las siguientes actas. Bajo la potestad de las JRVs y demas grupos estaba la determinación si se invalidaban las actas o no. Ninguna persona fuera de las 25 mil JRVs, 340 JM, 23 JD tenía autoridad para decidir, menos los juizaches. Al menos para cada mesa habían 8 a 10 personas verificando y validando los resultados enviados. Se involucraron más de 200 mil personas, para el proceso del día delas elecciones en ambas vueltas. El formato de las actas era homogéneo, estandarizado, reconocido, entregado por el TSE, por lo que el TSE no podía rechazarlo. Una vez iniciado el proceso electoral del día de las elecciones las JRV eran las del poder, el TSE solo se volvía la autoridad receptora final. El TREP es un sistema de registro de actas y resultados, para conteo rápido, Transmisión de REsultados Preliminares, su mismo nombre lo dice. Reconoces que los resultados oficializados difieren al resolverse impugnaciones y controversias, por lo que vos mismo aceptas que el TREP no tiene los resultados definitivos. El TSE su trabajo es recolectar, resolver y oficializar resultados, para declarar al ganador, de acuerdo a la voluntad del pueblo manifestada en las urnas, con sus votos, y todas las partes cumplieron su parte, y por ello no es un tema de TREP o TSE, y este último no tenía potestad de rechazar lo que recibió en la actas, por que las JRV y demás grupos las avalaron en su momento. La democracia es el poder de elegir del pueblo, no de los funcionarios de las entidades del estado. Perdieron, hay que aceptar la derrota. Nada que se diga puede cambiar la decisión del pueblo en su momento. Aburre tener wue explicarlo a gente de mente pequeña.
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Diego Sagastume Vidaurre
Diego Sagastume Vidaurre@dsagastumev·
El especialista del “conteo rápido” sale en defensa del TSE que nunca sirvió de nada. Por cierto, te cuento que los que revisan el trabajo de las JRV son los de las juntas municipales (por ley). Podés buscar en la Ley Electoral y de Partidos Políticos y, su reglamento, en dónde dice que las actas 4 se pueden “testar”? Los errores cometidos por las JRV se reportan y son las Juntas departamentales las que los revisan y dicen qué se debe hacer (por ley). Las actas 4, deben cumplir con CATORCE (14) requisitos legales en su CORRECTO LLENADO para ser VÁLIDAS LEGALMENTE. Es decir, si faltan requisitos, son: INVÁLIDAS! Los requisitos están en la Ley Electoral y de Partidos Políticos, así como en su reglamento. Por ende, si el acta no está bien llena, desde su inicio o el documento que aparece cargado oficialmente en el TREP, es mal llenada y, si la autoridad la declara válida, según el artículo 4 de la LOJ esa declaración es EN FRAUDE DE LEY. Sí, las actas no están COMPLETAS, en su CORRECTO LLENADO, no pueden ser contabilizadas. Creo que aquí es donde tu poca cabeza no te da para entender que lo que no está bien lleno, no es VÁLIDO! Muy bonito el “conteo” que hiciste (de qué y para qué, nunca te diste cuenta que las actas las cambiaron 🤦🏼‍♂️), pero aquí ya no se trata solo de eso, es que los documentos que aparecen en el TREP (que no es un sistema preliminar), son JURÍDICAMENTE VÁLIDOS por disposición de los ex-magistrados. Ellos validaron lo INVÁLIDO! Por eso aplica el artículo 4 de la LOJ, todo es un FRAUDE A LA LEY. Ahora vamos al TREP: por ignorante, por complaciente o, por cómodo (el resultado es el mismo), te vas al nombre del sistema y no a su contenido. Andá a ver el contrato administrativo, se especifican los detalles de lo que debía entregar el sistema y para qué se contrató, no es para un conteo preliminar, es para VALIDAR LA INFORMACIÓN DE LAS ACTAS 4 (en su conjunto, TODO). Yo sé que es difícil aceptar lo que no entendés, pero quizás aprendiendo a leer y a comprender la lectura lo logrés. Está en vos no mal informar y, también está en vos informarte bien! Saludos!
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ernest García
ernest García@garcia196711·
@dsagastumev @jlchavezGT Pero el MP secuestro las actas y se las llevo, desde el momento q salieron del TSE esas actas se contaminaron y pudieron ser manipuladas a su antojo, no si mulas no son se hacen estos HDLP.
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José Luis Chávez del Cid
Los originales blancos son el comprobando de las Juntas Electorales, ni modo que querías que te las enviaran? Ni siquiera las amarillas tenes autoridad de tener acceso, por que para eso era el TREP, para tener una copia digital, en archivo publico a la vista de todos, donde visualmente pudieras "validarlas". Pero lo tuyo no es ignorancia, es querer hacerte el pendejo que no entendes el español.
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Diego Sagastume Vidaurre
Diego Sagastume Vidaurre@dsagastumev·
@jlchavezGT @garcia196711 Así como estas que fueron cargadas al TREP? Por cierto, ¿dónde está el SELLO de la JRV? Pero, para vos es legal lo que no cumple requisitos legales, es MÁS QUE EVIDENTE!! 🤷🏼‍♂️🤷🏼‍♂️
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José Luis Chávez del Cid
;) Quiere decir que hay 3 copias físicas y una digital. Digo por si no has entendido esa nota al pie de página. Habría que comprobar que los fiscales y sus DPIs no son los esperados según los registros oficiales de los designados por los partidos ante el TSE. Si te entiendo que no te guste debatir conmigo, por que se plantean las preguntas correctas, no, no tengo por que darte la razón, si no tenes la capacidad de asegurar que los datos plasmados en esos documentos de las personas involucradas son falsos. Tendrías que comprobar que 2,500 actas a un promedio de 400 votos por acta fuesen descartadas por que no tienen las firmas correctas de las personas que participaron en las mesas, para poder reducir la brecha en 1 millón de votos para que cambie el resultado. Tendrían que haber sobornado a al menos 4 personas por mesa, unas 10 mil personas de JRVs y otras 10 mil personas de fiscales de mesa. ¿Tenes pruebas de que al menos una sola firma de esos documentos es falsa? ¿No? El sello pela, los mismos miembros de las JRVs han tenido casi 3 años para ver en el TREP si el acta fue adulterada, pero no tenes al menos 1 miembro con su copia blanca que haya presentado una denuncia por que no coincide.
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Diego Sagastume Vidaurre
Diego Sagastume Vidaurre@dsagastumev·
“El sello pela” dice… 🤣🤣🤣🤣, ¿de verdad te pela el estricto cumplimiento de la ley? Con razón nunca vas a debatir conmigo, porque te quedás en pañales con alguien como yo debatiendo. No te metás a juego de grandes si sos aún un neófito. Saludos! Pd: andá y revisá el artículo 104 del reglamento de la LEyPP, no es un requisito x, es parte del CUMPLIMIENTO DE LA LEY! Sin eso y los otros 13 requisitos, tu documento que es una CERTIFICACIÓN de los resultados electorales en la JUNTA RECEPTORA SE VOTOS (JRV), no sirve de nada.
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