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#ACTUALIDAD | Los principales gremios del sector de la vigilancia y seguridad privada en Colombia salieron a aclarar que la tarifa mínima del servicio no se rige por la inflación, ni por la libre oferta y demanda, sino que es una tarifa regulada, obligatoria y expresada en salarios mínimos, tal como lo establece el marco legal vigente. De acuerdo con el comunicado, en Colombia la tarifa del servicio de vigilancia privada está regulada por normas como el Decreto Ley 356 de 1994, el Decreto 4950 de 2007 y el Decreto 1561 de 2022, entre otras, y es fijada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, entidad adscrita al Ministerio de Defensa. Por esta razón, la tarifa mínima se expresa en SMLMV, lo que implica que su ajuste anual depende directamente del incremento del salario mínimo y no del IPC. Vía: @MafeLatorreH caracol.com.co








#EnVivo El Presidente busca llamar a sus bases, desinformar y atrapar incautos. No tiene sentido: el Gobierno ordena un aumento del salario mínimo del 23,7 %, fija tarifas mínimas para la seguridad privada y luego el propio presidente pide incumplirlas. @OswaldoParadaP ¡Conéctese! Escúchenos en: YT goo.su/3yHs1r
































