Estefania Serrano 🇨🇴@tefaniaa26
El testimonio de una presunta víctima no puede ocultarse, minimizarse ni silenciarse con el propósito de proteger la honra de un hombre.
A los hombres: les sugiero no alarmarse de forma unidireccional. Ustedes también están blindados y protegidos ante sus derechos. No conviertan esto en un debate estéril, ni revictimicen a ninguna de las partes:
1. Rafael Poveda
Goza de la presunción de inocencia, la cual permanece incólume.
Cuenta además con la capacidad y el alcance mediático suficientes para restablecer su buen nombre en caso de que se determine que la denuncia carece de fundamento.
2. La presunta víctima, Sofía Vela
No puede ser silenciada ni censurada su declaración, aun cuando los hechos por ella narrados hayan ocurrido con considerable antelación. La jurisprudencia ha establecido que un delito no pierde su naturaleza delictiva por el transcurso del tiempo. En materia de delitos sexuales contra menores, la
Corte Suprema precisó que "la acción penal es imprescriptible" y que el tiempo no borra la posibilidad de investigar.
Las presuntas víctimas ya enfrentan el escrutinio de la opinión pública, los cuales no constituyen criterio válido para determinar la existencia o no de una tipificación jurídica.
3. Consideraciones finales
Comprendo lo dispendioso y complejo de este tipo de situaciones. Nadie es ajeno a ello. Por tal razón, lo procedente es guardar prudencia y permitir que la justicia actúe conforme a derecho.
No obstante, limitar los derechos de las víctimas no es una opción que deban asumir ni el periodismo ni la administración de justicia, pues por proteger un bien jurídico se terminaría desprotegiendo otro.
En consecuencia, se recomienda que la sociedad colombiana aborde estos asuntos con consciencia, responsabilidad, prevención y sin instrumentalizarlos con tintes políticos innecesarios.