Falculé
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Falculé
@FOjanen
Cule, molt cule. nascut a alemanya vaig viure 20 a Catalunya abans de fer arrels a Copenhagen.
Copenhagen, Denmark Katılım Mayıs 2014
566 Takip Edilen45 Takipçiler

¿Creéis que Balde está por debajo del nivel de Cancelo?
LaNuevaEraFCB_@LaNuevaEraFCB_
Cancelo nos ha hecho ver lo lejos que está Balde de ser top Mundial
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Esto. Que el relato de la roja a Gerard Martin es muy facil
Marc Tresens@MarcTresens
A ver, sin hacer nada no. El Barça tuvo: Más posesión 33-77% Más goles esperados 0,92-2,52 Más remates 6-22 Más remates a puerta 2-8 Más córners 1-9 Más pases completados 247-579
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@mark_slapinski @KimDotcom It’s funny that Canadians can name the WH Press Secretary and we don’t even know your prime ministers name.
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@madodeley2 A mi me jode Que un capitan tire por la borda la temporada por un amistoso. Quien le paga es el Barça y quien sale perjudicado es el Barça.
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@BouafifNour No, we still need a backup and he can be backup for cb and lb
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@dariiculer 80-90 mio y adios. Quien le paga somos los socios del fc Barcelona. Hasta los cojones de nuestros pseudo capitanes: frenkie, araujo, raphinha y ter stegen. Limpia ya!
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Qué Raphinha, como Lewandowski, Pedri o Lamine Yamal hayan ido a las selecciones estando más tiesos que la mojama, es una irresponsabilidad de los jugadores.
Los Clubes, como siempre, desprotegidos y a pagar. Mientras ellos sigan aceptando, claro.
FC Barcelona@FCBarcelona_cat
Comunicat mèdic ❗ Raphinha té una lesió al bíceps femoral de la cuixa dreta segons confirmen les proves mèdiques que li ha fet la CBF arran de les molèsties que va notar durant la disputa del Brasil-França. Raphinha torna a Barcelona per començar el tractament pertinent. El temps aproximat de recuperació és de cinc setmanes.
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Ni sanción UEFA ni FIFA: el ‘caso Negreira’ llega prescrito al derecho deportivo.
La UEFA no sancionará jurídicamente al FC Barcelona por el denominado “caso Negreira” porque, a día de hoy, el eventual ilícito disciplinario se encuentra objetivamente prescrito, tanto conforme al ordenamiento deportivo español como al propio Reglamento Disciplinario de la UEFA.
Las eventuales infracciones muy graves en materia de corrupción deportiva o alteración de la competición, en el marco de la antigua Ley del Deporte y la normativa disciplinaria federativa, se hallan sometidas a plazos de prescripción claramente inferiores al lapso temporal transcurrido desde los últimos pagos imputados (2018) hasta la revelación pública del caso (2023).
Las propias autoridades nacionales, empezando por LaLiga, han reconocido que no pudieron abrir expediente sancionador administrativo‑deportivo al FC Barcelona por encontrarse los hechos ya prescritos, lo que excluye toda reacción sancionadora en el ámbito interno español.
El Reglamento Disciplinario de la UEFA establece, en su artículo relativo a la “statute of limitations”, un plazo general de cinco años para “todas las demás infracciones”, diferenciando sólo como imprescriptibles los supuestos de amaño de partidos, soborno y corrupción estrictamente subsumibles en la categoría de match‑fixing.
Los pagos a Enriquez Negreira, aun pudiendo reputarse éticamente reprochables, se incardinan en un tipo genérico de incumplimiento de deberes de integridad y conflictos de interés, sujeto por tanto al plazo quinquenal de prescripción, que comenzó a correr, en el peor de los casos, con el último pago documentado en 2018 y se agotó en 2023 sin que la UEFA incoara procedimiento sancionador formal.
La información disponible indica que la UEFA se limitó a abrir un expediente informativo condicionado a la causa penal española, sin adoptar acto de imputación ni formulación de cargos que pudiera interrumpir o reiniciar el plazo de prescripción.
La mera apertura de un “expediente informativo” en sentido estricto no paraliza por sí misma la prescripción; sólo la interrumpen los actos que tengan naturaleza de auténtico acto procedimental disciplinario.
Un expediente informativo preliminar, carente de imputación formal, pliego de cargos o designación de instructor, se sitúa en un plano preprocedimental, destinado únicamente a decidir si procede o no abrir expediente disciplinario.
Mientras no se adopte un acto inequívoco de apertura del procedimiento sancionador (p. ej., resolución de incoación, nombramiento de inspector disciplinario con mandato de investigar una posible infracción concreta), el plazo de prescripción sigue corriendo, porque no se ha producido todavía un “acto procesal” en el sentido del artículo 10.3 del Reglamento Disciplinario UEFA.
En estas condiciones, cualquier intento ulterior de reconducir el caso a la categoría de match‑fixing o corrupción imprescriptible supondría una reinterpretación extensiva y desfavorable del tipo disciplinario, en abierta contradicción con los principios de tipicidad, seguridad jurídica y prohibición de retroactividad desfavorable, lo que haría inviable en derecho una sanción deportiva válida contra el FC Barcelona.
Noticia Fake 👇

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@Mosharof221 Yeah not gonna happen. Either fdj or Bernal will complement pedri and Fermin or olmo on the 10.
I don’t see flick wasting our attacking midfielder to fit in fdj….
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🔴🔵 When Frenkie de Jong comes back, I see us using a 4-3-3 formation with Pedri and Marc Bernal in the midfield.
De Jong would play as a No. 8, focusing more on attacking rather than defending, and working well with Pedri. This could really help our team improve.
If we can create a strong midfield and play a more direct style, we could finally gain control in matches we've struggled to win.
Visca Barça 💙❤️🔥

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Debemos ser la única selección del Mundial, o por ahí andará, que no se atreve a lucir la bandera nacional. Detalles en rojo y amarillo, sí. Pero nos quedamos en Cataluña, Aragón, Baleares o la Comunidad Valenciana... Para el rojo-amarillo-rojo q nos representa a todos, hay complejo. No se vaya a enfadar nadie

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