
¿En qué parte del post hablé de juicios de amparo?
¿De cuando acá en amparo se necesita agotar una instancia prejudicial?
Me refiero a conflictos individuales de seguridad social. De esos conocen los tribunales laborales.
Tampoco es tan difícil entenderlo, a menos que seas chairo, eso explicaría tu falta de comprensión de lectura.
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