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@JoseMarioMX

Abogado. Ciudadano. Presidente de @PertenecesAC.

México Katılım Şubat 2017
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José Mario@JoseMarioMX·
Una jueza penal electa que, al mismo tiempo, aparece como dirigente de Morena no es una anécdota ni un descuido menor. Es una postal del problema completo: la justicia empieza a verse menos como contrapeso y más como una extensión organizada del poder político. Porque el punto no es si mañana dictará una sentencia parcial. El punto es otro, mucho más grave: ¿cómo confiar en un tribunal cuando quien debe juzgar también forma parte de la estructura del partido que gobierna, moviliza, decide candidaturas y disputa poder? La independencia judicial no se defiende en discursos; se defiende con distancia, prudencia, límites y renuncias. Si los jueces ya no sienten la necesidad de separarse de los partidos, entonces el daño no está solo en una persona: está en el mensaje que manda todo el sistema.
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José Mario
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Una mujer fue condenada por violencia familiar agravada contra su hijo menor. La sentencia fue confirmada. Pero al llegar al amparo, el Tribunal Colegiado detectó una omisión decisiva: nadie había investigado técnicamente si el dicho del niño pudo estar influido por manipulación parental. La tesis es trascendente porque obliga al juez penal a no quedarse en la superficie. Si hay una alegación seria de alienación o manipulación parental, debe ordenar de oficio periciales psicológicas y demás pruebas necesarias. En delitos familiares, el testimonio infantil importa muchísimo, pero precisamente por eso debe valorarse con perspectiva de infancia, de género y con rigor probatorio. La justicia penal no puede ser rehén de narrativas incompletas. Ni todo señalamiento infantil es manipulación. Ni toda invocación de alienación parental es defensa legítima. La tarea del juez es más difícil: descubrir la verdad sin, sin estereotipos y sin condenar en la oscuridad. Aquí puedes consultar la tesis que generó este caso: sjfsemanal.scjn.gob.mx/detalle/tesis/…
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José Mario
José Mario@JoseMarioMX·
México no sólo dejó vencer un plazo ante la @CIDH. Dejó pasar la oportunidad de explicar, con argumentos y pruebas, por qué una reforma que cesó juzgadores, debilitó garantías de independencia y alteró el equilibrio judicial no violó derechos humanos. El silencio pesa. Pesa porque antes se reconoció que la reforma avanzó sin diagnóstico serio; pesa porque el escrutinio internacional no es cortesía, es rendición de cuentas; y pesa porque la independencia judicial no es privilegio de jueces, sino garantía de todas las personas. Cuando un Estado desmonta contrapesos y luego calla ante la Comisión Interamericana, el mensaje es brutal: no quiere debatir la legalidad de la reforma, quiere imponer su costo institucional. Y ese costo lo termina pagando la justicia, no sólo quienes fueron cesados.
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Una mujer llegó al juzgado diciendo que ella y su hija sufrían violencia física, psicológica y patrimonial. Pidió protección. Pero el juez concluyó que la violencia no estaba probada y, aun así, ordenó que acudiera a terapia y a sesiones de justicia restaurativa con el hombre señalado como agresor. Ahí está el problema: la justicia restaurativa busca que quien causó un daño lo reconozca, asuma responsabilidad y participe en su reparación. Pero eso sólo puede funcionar si hay libertad, seguridad y equilibrio real. Si una mujer denuncia violencia familiar, no hay una mesa neutral entre iguales: puede haber miedo, control, dependencia, amenazas y riesgo. Por eso la @SCJN fue contundente: imponer justicia restaurativa en estos casos viola el acceso a la justicia y el derecho a vivir libre de violencia. No se puede llamar “restauración” a obligar a una víctima a sentarse frente a quien dice que la violenta. La justicia no debe reconciliar a costa de la seguridad; debe proteger antes de dialogar. Aquí puedes consultar la tesis que generó este caso: sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/…
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Grupo Fórmula
Grupo Fórmula@Radio_Formula·
⚖️ El abogado José Mario de la Garza fijó postura sobre el caso Chihuahua–Sinaloa 🏛️ y el comunicado de la FGR tras los citatorios a funcionarios 📋. #FórmulaNoticias con Michelle Rivera (@michelleriveraa).
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José Mario@JoseMarioMX·
Cuando un juicio laboral termina en la Junta, todavía puede venir el amparo. Pero aquí estaba el problema: muchas Juntas han desaparecido o cambiado de funciones por la reforma laboral. Entonces algunos tribunales empezaron a decir: “esto ya no me toca”, “mándalo a otro lado”, “que lo vea la autoridad sustituta”. Resultado: expedientes rebotando y justicia atorada. La @SCJN puso una regla sencilla: si la Junta que dictó el laudo estaba en cierto lugar, el Tribunal Colegiado de ese lugar debe resolver el amparo. Aunque después esa Junta haya sido cerrada, movida o sustituida. ¿Por qué? Porque el trabajador, la empresa o cualquier parte del juicio no tiene por qué pagar el desorden administrativo del Estado. Esto importa muchísimo: no se trata de favorecer a trabajadores o patrones, sino de dar certeza. Si cada reforma, mudanza o desaparición de oficinas cambia el tribunal que debe resolver, la justicia se vuelve un laberinto. La Corte dijo algo elemental: el Estado puede reorganizarse, pero no puede moverle el piso a quien ya está peleando un derecho. cronista.com/mexico/actuali…
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También vale la pena analizar una segund gráfica, que tiene que ver como la incertidumbre que se generó con el tema de la reforma judicial, esta afectando las inversiones. Nadie quiere invertir dinero en un país en donde no sabes que va a pasar.
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José Mario
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México no está entrando en una crisis espectacular. Y ese es precisamente el problema. Lo que estamos viendo es algo mucho más peligroso: un país que empieza a acostumbrarse al estancamiento. Más gasto corriente, más deuda, más subsidios… pero menos inversión, menos productividad y menos crecimiento real. Estamos financiando el presente mientras hipotecamos el futuro. El dato verdaderamente brutal no es la deuda. Ni Pemex. Ni siquiera el déficit. Es que el PIB per cápita sigue por debajo del nivel de 2018 y que la inversión lleva meses cayendo mientras el Estado pierde espacio para educación, salud, infraestructura y seguridad. Un país puede repartir dinero un tiempo. Lo que no puede hacer eternamente es repartir lo que no produce. Y aquí entra lo más delicado: la incertidumbre institucional. Cuando se debilita la confianza en las reglas, en los jueces y en el rumbo económico, el capital deja de apostar por el país. La inversión se frena, la productividad se desploma y el crecimiento desaparece lentamente. El riesgo para México no es una explosión. Es algo peor: normalizar el deterioro.
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Una mujer se casa por separación de bienes, cría tres hijas, sostiene el hogar y aparece incluso como socia o trabajadora de una empresa familiar. En papel, parecía tener autonomía. En la realidad, quizá no decidía, no cobraba utilidades y no controlaba el patrimonio. Una nueva tesis dice algo clave: al fijar compensación económica en divorcio, el juez no puede inventar un porcentaje. Debe analizar cuidados, trabajo doméstico, doble jornada, duración del matrimonio, proyecto de vida y poder económico real. La autonomía formal puede ocultar dependencia económica. La separación de bienes no puede ser coartada para borrar años de trabajo invisible. El hogar también produce riqueza. Cuidar también construye patrimonio. Y una justicia que sólo mira escrituras, acciones o recibos de nómina puede terminar protegiendo la desigualdad que debía corregir. Aquí puedes consultar la tesis que generó este asunto: sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/…
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La @SCJN acaba de resolver un caso que puede cambiar la forma en que se juzga penalmente a personas adultas mayores. Dos personas de 64 y 75 años fueron procesadas por despojo en Nuevo León; después de una absolución, apelaciones y amparos, terminaron enfrentando una condena. El punto central no era sólo si hubo delito, sino si el proceso respetó verdaderamente su derecho a defenderse. La Corte sostuvo algo fundamental: ser persona adulta mayor no significa automáticamente ser vulnerable, pero sí obliga al juez a preguntar, evaluar e informar. ¿La persona entiende lo que pasa? ¿Puede comunicarse bien con su defensa? ¿Su edad, salud o contexto le impiden participar? Si hay barreras, no basta con un abogado: deben existir apoyos y ajustes procesales. La lección es poderosa: la defensa adecuada no puede ser una simulación. En un juicio penal, donde el Estado puede quitar libertad, patrimonio y dignidad, la igualdad no se presume; se construye. Y para las personas adultas mayores, eso exige una justicia menos automática, menos indiferente y mucho más humana. scjn.gob.mx/derechos-human…
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Despiertas, revisas tu cuenta bancaria y falta dinero. No fuiste tú. No autorizaste nada. No le diste clic a ninguna transferencia. Vas al banco y, en vez de darte una respuesta clara, te empujan al vía crucis: “demándenos, pero también hay que llamar al que recibió el dinero”. Traducción: convierte tu reclamo en un laberinto procesal. La nueva jurisprudencia de la @SCJN, corta esa maniobra. Si demandas la nulidad de transferencias electrónicas no reconocidas, el pleito principal no es contra la persona que recibió el dinero, sino contra el banco que permitió que saliera de tu cuenta. La pregunta jurídica no es “¿quién terminó con el dinero?”, sino algo mucho más serio: ¿puede el banco demostrar que esa operación fue auténtica, segura, autorizada y ejecutada conforme a sus propios controles? Esta tesis es de gran trascendencia, porque cambia el centro del debate: el usuario no tiene que investigar redes de fraude, cuentas destino o posibles “mulas” bancarias. Quien controla la tecnología, las claves, los registros, las alertas y la infraestructura es el banco. En tiempos de fraude digital, la justicia no puede tratar al cliente como sospechoso por reclamar su propio dinero. La banca electrónica puede ser veloz, pero la responsabilidad jurídica también debe serlo. Aquí puedes consultar la tesis que generó este caso: sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/…
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Una persona discute con un policía. Reclama, se enoja, quizá levanta la voz. La autoridad responde: “me faltaste al respeto”. Y ahí empieza el problema constitucional: ¿puede el Estado multarte porque un funcionario se sintió ofendido? La @SCJN dijo que no. Al resolver una acción promovida por la @CNDH contra normas municipales de Oaxaca, sostuvo que sancionar “insultos”, “faltas de respeto” o “agresiones verbales” viola seguridad jurídica y taxatividad, porque esas expresiones dependen de criterios subjetivos. Si el Estado castiga, debe decir con precisión qué conducta está prohibida; no puede dejarlo al humor, orgullo o susceptibilidad de la autoridad. Esta tesis no defiende la violencia verbal. Defiende algo más profundo: que el poder público no use conceptos vagos para callar reclamos, protestas o críticas incómodas. En democracia, la autoridad no merece obediencia ciega; merece límites. Y la legalidad es uno de ellos. Aquí puedes consultar la tesis que generó este caso: sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/…
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Un estudiante que necesita copias certificadas para seguir estudiando, tramitar una beca, inscribirse, acreditar documentos o defender un derecho. Llega al municipio, y descubre algo absurdo: si cualquier persona pide una copia certificada paga $4 por página; pero si la pide una estudiante “con fines educativos”, paga $15. Casi cuatro veces más por el mismo servicio. La @CNDH llevó el caso a la @SCJN y el Pleno fue claro: el Estado no puede convertir un trámite público en una caja registradora arbitraria. Los derechos por servicios no son precios de mercado ni negocio del gobierno; deben guardar relación con el costo real del papel, la certificación y el servicio prestado. Si el trámite es el mismo, cobrar más solo porque la persona es estudiante rompe la equidad tributaria y castiga injustificadamente a quien busca ejercer un derecho. Esta tesis parece hablar de copias, pero en realidad habla del poder. De cómo una cuota pequeña puede volverse una barrera enorme. De cómo la injusticia también vive en las ventanillas, en los recibos, en los trámites cotidianos. Un Estado constitucional no debe lucrar con la necesidad de estudiar, acreditar documentos o acceder a servicios públicos. Porque cuando el gobierno cobra sin razón, no administra: excluye. Aquí puedes consultar la tesis que generó este caso: sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/…
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Pueden revisar el artículo completo que expone este tema, en la revista Vértigo de esta semana, la cual puede ser consultada en la siguiente liga: drive.google.com/file/d/17dRSDa…
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Que nadie lo venda como una simple “actualización de datos”: obligar a registrar líneas celulares es poner la identidad digital de millones en una base estatal. Y en México eso no es un detalle menor: ya vimos padrones fallidos, filtraciones, datos en venta y sistemas públicos incapaces de cuidar lo que recaban. El gobierno dice que es por seguridad. Pero no hay evidencia seria de que estos registros frenen extorsiones o fraudes; el crimen siempre encuentra chips desechables, apps cifradas o números extranjeros. Quien termina realmente expuesto es el ciudadano común: su nombre, su línea, sus datos y su acceso a servicios básicos. La pregunta no es si queremos combatir el delito. Claro que sí. La pregunta es si vamos a aceptar una arquitectura de vigilancia disfrazada de estrategia de seguridad. Sin contrapesos fuertes, sin protección autónoma de datos y sin control judicial real, esto no huele a justicia: huele a control.
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José Mario
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Este tuit, se generó a partir de una presentación que realizó el Doctor Pedro Aspe, titulada: “Comentarios sobre la evolución de la economía mexicana”, presentada en el mes de abril de este año. Aquí les dejo el link en donde pueden descargar la presentación completa, para su análisis con mayor profundidad: drive.google.com/file/d/1lx-pMG…
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José Mario
José Mario@JoseMarioMX·
Hay casos que el derecho penal no debe tocar con rabia, sino con bisturí. El de Roxana es uno de ellos. Un niño murió de la forma más dolorosa imaginable. Vicente no es una nota roja, no es una bandera, no es un pretexto: es la víctima. Pero precisamente por él, por la gravedad de su muerte, el Estado no puede darse el lujo de juzgar desde el linchamiento. La pregunta jurídica no es si Roxana falló. Falló. La pregunta es otra, mucho más dura: ¿sabía que su hijo estaba dentro de la camioneta y decidió dejarlo morir? Porque si no lo sabía, si su mente colapsó entre violencia, cansancio, depresión, rutina, trauma o un fallo brutal de memoria, entonces hablamos de culpa, no de dolo. Y confundir eso no es justicia: es castigo vestido de expediente. Una madre puede ser responsable de una tragedia sin ser una asesina. Esa distinción incomoda, pero es la que separa al derecho penal del linchamiento. La justicia para Vicente no se construye fabricando monstruos ni obedeciendo a la furia pública. Se construye probando, razonando y diciendo la verdad jurídica aunque no quepa en un titular. jornada.com.mx/2026/05/24/pol…
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José Mario
José Mario@JoseMarioMX·
@rafaarrieta Mi comentario no dice que la pensión sea solo para uno de los cónyuges, lo que hago es explicar el caso que la Corte resolvió, y respecto del cual se emitieron dos jurisprudencias. Saludos.
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Rafael Arrieta
Rafael Arrieta@rafaarrieta·
@JoseMarioMX La pensión alimenticia debe ser compartida entre ambos padres. No sea tendencioso abogado.
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José Mario
José Mario@JoseMarioMX·
Una niña tenía una pensión alimenticia fijada por un juez. No era un favor, no era una ayuda voluntaria, no era “lo que se pudiera”: era una obligación judicial. Pero el deudor decidió depositar menos, mes tras mes, y luego pretendió que eso bastaba para decir: “yo sí cumplí”. La @SCJN respondió con una frase jurídica demoledora: pagar incompleto también es incumplir. El criterio es trascendental: si un juez familiar ya fijó la pensión, el juez penal no puede volver a discutir si el deudor tenía capacidad económica. Esa discusión ya ocurrió en la vía familiar. Si la situación económica cambió, el camino legal es pedir la reducción de la pensión, no imponerle unilateralmente a una niña una pensión mutilada. En otras palabras: nadie puede convertir una sentencia en sugerencia ni una obligación alimentaria en propina. Estas tesis importan porque tocan una realidad brutal: muchas infancias no sufren abandono por ausencia total, sino por pagos incompletos, tardíos, calculados para cansar a quien cuida. La pensión alimenticia no es castigo contra el deudor; es comida, escuela, salud, renta, transporte y dignidad. Y cuando el derecho dice que pagar menos también puede ser delito, está diciendo algo elemental: la niñez no debe financiar la irresponsabilidad adulta. Aquí puedes consultar la tesis que generó este caso: sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/…
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José Mario
José Mario@JoseMarioMX·
@R345Z No lo esta, pero tendría que acudir al Juez Familiar, para solicitar que dadas las circunstancias, se ajuste la pensión que tiene que pagar, acorde los ingresaos que tenga.
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kimosabi
kimosabi@R345Z·
@JoseMarioMX No soy abogado pero que sucedería con un hombre de 55 años que es despedido de su trabajo. Y en el inter de buscar otra posibilidad de ingreso incumple responsabilidades económicas ya adquiridas. Está obligado a lo imposible?
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José Mario
José Mario@JoseMarioMX·
@SergioSarmiento pone el dedo en una llaga delicadísima: los programas sociales no pueden convertirse en una correa de obediencia política. Una pensión, una beca o un apoyo público no son favores del gobierno; son derechos financiados con dinero de todos. Recibirlos no obliga a callar, agradecer ni votar por nadie. En su columna “Programas sociales”, Sarmiento advierte algo de fondo: cuando el poder exhibe a una persona por recibir una pensión, deja de hablar como gobierno y empieza a actuar como aparato de presión. Eso no es transparencia. Transparencia es vigilar al poder; no usar datos de ciudadanos para burlarse, intimidar o descalificar la crítica. El punto es constitucional: una democracia necesita ciudadanos libres, no beneficiarios domesticados. Se puede recibir un apoyo social y, al mismo tiempo, votar libremente, criticar al gobierno y exigir cuentas. El Estado de derecho empieza justo ahí: cuando el poder entiende que ayudar no le da derecho a mandar sobre la conciencia de nadie.
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José Mario
José Mario@JoseMarioMX·
El 5 de febrero de 1903, en el balcón de *El Hijo del Ahuizote*, los Flores Magón y otros opositores colgaron una frase que atravesó la historia: “La Constitución ha muerto”. No era una metáfora ligera: era el epitafio político de la Constitución de 1857 bajo un régimen que la invocaba mientras la traicionaba; había texto constitucional, pero no constitucionalismo; había legalidad, pero no libertad; había República, pero el poder ya la había convertido en simulacro.[1][2] Esa fotografía sigue incomodando porque revela una verdad brutal: las constituciones no mueren sólo cuando se rompen, también mueren cuando el poder aprende a usarlas contra sus propios fines. Cuando una mayoría convierte la reforma constitucional en instrumento de dominación, cuando debilita los contrapesos, captura árbitros, reduce controles y blinda sus decisiones frente a la revisión judicial, la Constitución deja de ser límite del poder y empieza a ser su coartada.[3][4][5] Por eso la pregunta hoy no es retórica, es histórica: ¿estamos otra vez frente a una Constitución viva en el papel pero agonizante en su función democrática? Si el poder puede reformarlo todo para permanecer, controlar y blindarse, entonces la advertencia de 1903 vuelve como sentencia: una Constitución también muere cuando deja de proteger a la sociedad frente al gobierno y empieza a proteger al gobierno frente a la sociedad.
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