




María Gloria Hdez Madrid
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@MariaGloriaHM
Master en Derecho Penal, ex Diputada Federal, Diputada Local, Síndico• Asambleísta Constituyente por la Ciudad de México• Mujer Guerrera Hidalguense Mexicana






La SCJN al resolver el Amparo en Revisión 617/2019 afirma atinadamente que "si antes de que se realice una notificación por edictos no se agota un esfuerzo de investigación del domicilio real en que pueda ser legalmente emplazada una persona que es demandada en un juicio, se vulneran notablemente las formalidades esenciales del procedimiento, pues una persona no será eficientemente informada del inicio de un juicio en su contra y, en consecuencia, serán disminuidas sus oportunidades para ser oída en juicio". Hay que cuidar esos aspectos procesales, sobre todo en juicios civiles o mercantiles.

























