
Observación, Euric: aunque no existía el TC, el pleno de la Suprema Corte de Justicia atendía los casos de inconstitucionalidad; bien se pudo revisar por esa vía siempre. Lo contradictorio aquí es que el TC acoja la solicitud de inconstitucionalidad y argumente que se puede legislar luego para "legalizar" dicha inconstitucionalidad. @JuLiOCuRY
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