
La sonrisa del régimen nos explica la diferencia entre voluntario y obligatorio: si quieres ser hospitalizado vas, y si no quieres, te llevan. Aterra pensar que hay gente que se "informa" en RTVE.
Remo
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@Remo_
Hago "cosas empresariales", de vez en cuando, impuestos y asesoría de empresas.

La sonrisa del régimen nos explica la diferencia entre voluntario y obligatorio: si quieres ser hospitalizado vas, y si no quieres, te llevan. Aterra pensar que hay gente que se "informa" en RTVE.

vamos a jugar a un juego. todos los españoles tienen que elegir en secreto entre dos botones: azul o rojo si pulsas el azul, sigues currando con tu vida normal si pulsas el rojo, te dan una paguita vitalicia del estado y no vuelves a dar un palo al agua dilema: - si más del 50% pulsa el rojo, el sistema colapsa, el país quiebra y nos vamos todos a la puta - si menos del 50% lo pulsa, los del rojo viven de lujo a costa de los impuestos de los del azul encuesta abajo


Voy a explicar una historia espeluznante de lo que, para mí, es una prevaricación en toda regla por parte de una funcionaria de Hacienda, con la única finalidad de retrasar una devolución de ingresos indebidos. La historia empieza en 2021. El 30 de junio de 2021, como todos los 30 de junio, presento mi declaración del IRPF. Por un despiste (de esos que el TS, en su sentencia de 29 de septiembre de 2025, ha admitido como constitutivo del "derecho al error" del contribuyente), no me percato de que la cuenta corriente consignada en mi declaración es una cuenta que no tiene saldo. El despiste traía su origen en que era la cuenta corriente que siempre había utilizado para domiciliar mi IRPF (y, como tal, estaba informada por defecto en el programa que utilizan mis fiscalistas para prepararme la declaración de la renta), pero, por motivos que no vienen al caso, unos meses antes había traspasado todo el saldo a otra cuenta corriente y no me di cuenta cuando presenté la declaración el miércoles 30 de junio. El 2 de julio, me doy cuenta del error y contacto con mi banco para que hagan el ingreso a la mayor brevedad. Entre pitos y flautas (y fin de semana de por medio), el banco consigue hacer el ingreso el 5 de julio, sin que, obviamente, yo haya recibido requerimiento alguno por parte de Hacienda (la importancia de esto se verá luego). Yo sabía que estaba en falso y que ese retraso me iba a suponer una sanción que, obviamente, hubiera aceptado (a pesar de la reciente jurisprudencia del TS consagrando el "derecho al error" del contribuyente que, por aquellas fechas, no me consta estuviera vigente). Pero lo que no me esperaba es que en noviembre de 2021, Hacienda me iba a girar una providencia de apremio con un recargo del 5% sobre las cantidades ingresadas fuera de plazo más los correspondientes intereses de demora (en total, aprox. €11.000). Y no lo esperaba porque, de haber presentado (extemporáneamente) la declaración del IRPF el 5 de julio de 2021 y realizado el ingreso en dicha fecha, el recargo hubiera sido del 1%. Es decir que presentando la declaración en plazo (30 de junio) con un error (fruto del despiste) en la cuenta corriente y haciendo el pago el 5 de julio, el recargo es 5 veces superior a si hubiera presentado (fuera de plazo) la declaración el 5 de julio y realizado el ingreso en esa fecha. Cualquier persona con dos dedos de frente se da cuenta que algo no cuadra. Por cierto, un recargo del 5% por 5 días de retraso en el ingreso supone un interés anual del 365%, por si alguien no lo pilla.



no entiendo cómo alguien podría usar Claude Code/Codex durante una mañana y pensar nah, esto es una burbuja es que... LOL

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