
@SomosOlimpia Art. 73 - Código Disciplinario APF: "Será causal de la pena de pérdida de los puntos en juego, sin perjuicio de otras sanciones, la imposibilidad de hecho de la prosecución de un partido, producida por el público adepto a uno de los cuadros contendientes..."
Clarísimo!
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