JM Sheep

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@SheeeepMan_

Andalucía y Andorra Katılım Eylül 2017
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JM Sheep
JM Sheep@SheeeepMan_·
@ElJuCar1 @Spanish_Revo De hecho creo que es el municipio con más corrupción de nuestra democracia y han sido condenados durante varias legislaturas desde PP a Izquierda Unida, todos y cada uno de los partidos que han gobernado. Muy loco!
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El Tunante
El Tunante@ElJuCar1·
@SheeeepMan_ @Spanish_Revo Muchas gracias, esto sí me cuadra, Manilva tiene un problema grande de ocupación, a parte de muchos otros.
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Spanish Revolution
Spanish Revolution@Spanish_Revo·
En Manilva, Málaga, hay 62 familias a las que quieren echar de sus casas. No por impago. No por abandono. Sino por pura especulación. Los días 10, 11 y 12 de febrero, el juzgado número 1 de Estepona ha ordenado el desahucio de 62 hogares. Familias enteras. Muchas en situación de vulnerabilidad acreditada por servicios sociales. Personas que, si se ejecuta esta orden, se quedarán literalmente en la calle. Otro caso flagrante de especulación urbanística. Un fondo de inversión, SPV REOCO 3 S.L., compró estas viviendas por unos 14.000 euros cada una. Y ahora pretende expulsar a quienes las habitan para convertir el derecho a la vivienda en negocio rápido. Como siempre. Beneficio privado contra vidas reales. Pero aquí hay una diferencia. Estas familias no se van a ir en silencio. Han decidido quedarse. Resistir. Plantar cara. Porque ningún fondo vale más que un hogar. Porque ningún juzgado debería ignorar la vulnerabilidad. Porque el derecho a la vivienda está por encima de la especulación. Manilva no está sola. Esto va de todas. Y se para juntas.
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JM Sheep
JM Sheep@SheeeepMan_·
@_Vocero_ @Spanish_Revo Un familiar se estuvo pensando 6 meses si comprar o no un apartamento allí, lo compró. Por supuesto que estaban avisados, lo que no quieren es pagar entrada e hipoteca. Los contratos que alegan son falsos. Mi pariente ya espera pronto poder vivir allí porfin.
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ManueLo
ManueLo@_Vocero_·
@Spanish_Revo Que les dé un piso el ministerio de vivienda. Es a quien corresponde, no a una empresa privada. Por cierto, todo inquilino tiene derecho al tanteo y retracto. Que se las hubieran comprado ellos.
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JM Sheep
JM Sheep@SheeeepMan_·
@ElJuCar1 @Spanish_Revo Contratos de alquiler falsos para dilatar las sentencias y blindarse de lo penal al alegar que no fue okupación con violencia. Puede que haya contratos de alquiler pero con cero validez. No habitabilidad, ni agua, ni luz. Por eso el juez ya no podía dilatar más el caso.
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El Tunante
El Tunante@ElJuCar1·
@Spanish_Revo 62 Familias, mas de 400 personas, 6-7 personas por familia, 11 años viviendo y pagando alquiler, está historia hace aguas. Hay contrato de arrendamiento o son ocupaciones ilegales?
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JM Sheep
JM Sheep@SheeeepMan_·
@mundodeportivo 📢 Una vez nos pitaron un fuera de juego que no era. Empate!! 😑 Corruptos! Si no fuera por los tentáculos de la corrupción estaríais en segunda!! Tramposos!!
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Mundo Deportivo
Mundo Deportivo@mundodeportivo·
🗞️ #PortadaMD 💥 Desmontando el 'Negreirato' 📌 MD enumera 100 partidos en los que los azulgrana se vieron perjudicados o sus rivales directos muy beneficiados
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JM Sheep
JM Sheep@SheeeepMan_·
@mmgarciacaba Gracias por la magnífica labor que hace. Un placer encontrar coherencia y buena información en los tiempos convulsos que corren. De nuevo gracias. Hay que seguir hasta el final, como el Madrid nos ha enseñado a lo largo de su historia.
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Miguel Maria García Caba
Miguel Maria García Caba@mmgarciacaba·
Tiempo de Revisión… Tiempo de relato En Tiempo de Juego el CTA volvió a hablar. Y cuando el CTA habla, nunca arbitra. Se justifica. Explica por qué una patada no es una patada. Por qué un penalti depende de la intensidad. Y por qué la intensidad depende, al final, de quién la sufre. Caso Vinícius. Otra vez. Controla el balón. Se va solo. Y recibe una patada clara. No es roce. No es disputa. No es contacto residual. Es una patada que le impide seguir. Pero el CTA dice que no es penalti porque entra “en el ámbito de la interpretación”. Y como es interpretación, el VAR no debe intervenir. Magnífico. Porque con ese criterio, todo es interpretable. La patada. La caída. El desequilibrio. Y, si hace falta, hasta el reglamento. El CTA no analiza la jugada. Analiza el contexto. Y el contexto, casualmente, siempre es el mismo. Si la jugada es clara, es interpretación. Si no es clara, también. Si beneficia al Madrid, se revisa. Si lo perjudica, se justifica. Esto no va de Vinícius. Va del método. El método CTA consiste en convertir el VAR en un escudo narrativo: sirve para corregir errores o para justificar que no se corrigen. Según convenga. Y mientras el CTA explica en Tiempo de Juego por qué una patada no merece revisión, Javier Tebas aprovecha para reescribir el relato. Lo dicen Tebas. Lo repite Medrano. Su argumento es que el Real Madrid se personó el último. Y lo dicen con una ligereza asombrosa. Porque el Real Madrid fue el único club de LaLiga que se personó en el procedimiento penal. El único. Ni Atlético. Ni Sevilla. Ni Villarreal. Ni Betis. Ni ninguno más. Mientras unos daban ruedas de prensa, el Madrid asumía riesgos procesales. Mientras otros construían relato, el Madrid hacía preguntas a Laporta. Pero claro, es más cómodo hablar del orden de llegada que explicar por qué el abogado de LaLiga solo hizo una pregunta, o por qué la abogada de la Federación, miembro de la junta directiva, no hizo ninguna. Para Tebas lo que importa es el relato. Ese que los medios de comunicación que riega con dinero de los clubes puedan propagar. Aunque sea tan absurdo como acusar de pasividad al Real Madrid por personarse el último, cuando la mayoría de los clubes no llegó nunca. Todo encaja. El CTA explica lo inexplicable. LaLiga reparte carnés de credibilidad. Y el relato intenta tapar los hechos. Pero los hechos son tercos. Una patada sigue siendo una patada. Un penalti sigue siendo un penalti. Una personación sigue siendo una personación. Que dos acusaciones particulares no hagan preguntas a un testigo es pasividad. Y si esas acusaciones representan a las instituciones del fútbol español, la RFEF y LaLiga, simplemente es una vergüenza. Y esa vergüenza tiene dos nombres: Javier Tebas y Rafael Louzán. Por mucho que se interprete.
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Miguel Maria García Caba
Miguel Maria García Caba@mmgarciacaba·
La gran coartada arbitral El sindicato arbitral ha hablado. Y lo ha hecho mal. No para aclarar. Sino para cerrar filas. No para explicar hechos. Sino para negar la evidencia. Porque cuando una organización responde con consignas y comunicados largos, pero evita los autos judiciales, no está defendiendo la verdad. Está construyendo una coartada. Dicen que no hay corrupción arbitral. Lo repiten. Lo subrayan. Lo proclaman. Pero no lo dicen los jueces. Un Juzgado de lo Penal ha hablado de corrupción sistémica en el sistema arbitral español. No es una metáfora. No es una opinión. Es una calificación judicial. Cuando un juez utiliza esa expresión no está atacando a personas. Está describiendo un funcionamiento estructural, prolongado en el tiempo, con efectos reales sobre la competición. Eso es lo que el sindicato evita. El índice que decidía carreras No lo ha dicho el Real Madrid. Lo han declarado los propios árbitros. Existía un índice corrector. Así se llamaba oficialmente. Aunque dentro tenía otro nombre: índice corruptor. Ese índice no medía solo errores. Decidía ascensos, descensos y permanencias. Decidía quién seguía en Primera. Y quién desaparecía. Si ese índice estaba contaminado -y hay indicios judiciales claros de que lo estaba-, el efecto es inevitable: la élite arbitral actual es, en buena parte, heredera directa de ese sistema. No por culpa individual. Por arrastre estructural. Eso también es corrupción sistémica. Después de Negreira, también El sindicato sostiene que todo terminó con la salida de Negreira. No es verdad. Dos sentencias firmes de la jurisdicción social, dictadas ya con Negreira fuera del sistema, describen manipulaciones acreditadas en el funcionamiento del VAR. No opiniones. Hechos probados. En el caso de la expulsión de Vinícius, ambas resoluciones coinciden: el árbitro principal cambió su decisión tras visionar imágenes incompletas y sesgadas suministradas desde el VAR, omitiéndose deliberadamente las secuencias previas en las que el jugador era agredido. El propio Comité de Competición habló de “base fáctica alterada y parcial”, de “omisión de un trámite indispensable” y de una decisión “arbitraria”, adoptada porque al colegiado le fue hurtada una parte determinante de los hechos, lo que vició radicalmente la decisión arbitral. La segunda sentencia va más allá. Acredita que no fue un hecho aislado. En otro partido decisivo, el VAR mostró imágenes que no permitían verificar un gol, ocultando otras que sí acreditaban que el balón no había entrado. El resultado fue irreversible: un club descendió. Eso no es presión externa. Eso no es un error humano. Eso es manipulación del material decisivo que condiciona el resultado. Y no lo dice un club. Lo dicen los jueces. El Tribunal Administrativo del Deporte También ha hablado el TAD. Y cuando habla, incomoda. Ha reconocido la existencia de un clima real de sospecha, no inventado. Ha validado que las críticas institucionales, incluso duras, no son sancionables cuando se apoyan en hechos objetivos y resoluciones oficiales. Eso desmonta otra coartada: la de que toda crítica es violencia. No. La crítica fundada es control democrático. Y luego está la rueda de prensa. “Vamos a tener que empezar a tomar medidas.” “No vamos a seguir permitiendo lo que está pasando.” “Vamos a hacer historia.” No fue una metáfora. Fue un mensaje. ¿A quién iban dirigidas esas medidas? ¿Contra quién? ¿Cuáles? Nunca se explicó. Crear un sindicato no es una medida. Es un derecho. Las palabras, en cambio, fueron otra cosa. Especialmente dichas antes de una final y en referencia directa a un club concreto. Negarlo ahora no borra el vídeo. El problema no es el Real Madrid El problema no es un club que pregunta. Ni un canal que critica. Ni una afición que desconfía. El problema es un sistema que no se ha depurado, que se defiende en bloque y que reacciona como corporación, no como institución transparente. Cuando un sindicato arbitral desmiente a los jueces, no protege a los árbitros. Los expone. Porque la confianza no se exige. Se gana. Un último apunte Quizá sería bueno que el sindicato dejara los comunicados grandilocuentes y se dedicara a lo que se espera de un sindicato. Por ejemplo: a preocuparse de que todos aquellos que perciben pagos recurrentes del CTA o de la Federación estén debidamente dados de alta, con su encuadre laboral claro y sus cotizaciones en regla. No es una acusación. Es una pregunta. ¿Puede el sindicato asegurarlo? Porque si no puede, tal vez el problema no sea la crítica. Tal vez el problema sea otro.
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Kollins
Kollins@PepeKollins·
Hoy ha fallecido mi madre. La persona que me dió la vida. A la que quiero y la que me quiso con toda su alma. Que Dios la tenga en su gloria 🙏
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Grok
Grok@grok·
La Ley 39/2022 optó por mantener los 3 años de prescripción para infracciones muy graves en el ámbito deportivo, priorizando la continuidad con la práctica de la Ley 10/1990 y la especificidad sectorial sobre el plazo general de 4 años de la Ley 39/2015, que permite excepciones normativas. Esta decisión busca equilibrar la seguridad jurídica en el deporte con principios de proporcionalidad, sin indicios documentados de motivación particular ligada a casos concretos. El anteproyecto ya contemplaba esta estructura antes de influencias finales.
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Miguel Maria García Caba
Miguel Maria García Caba@mmgarciacaba·
Siete millones por influir: anatomía del caso Negreira El Fútbol Club Barcelona ya no se defiende: se sienta. Imputado como persona jurídica, deberá declarar ante el juez por haber pagado durante años a quien controlaba el arbitraje español. Lo que empezó como un escándalo deportivo ha terminado como una causa penal. El caso Negreira ya no es un debate: es una autopsia judicial. El disfraz se acabó. El Fútbol Club Barcelona está imputado. No como víctima. No como testigo. Como persona jurídica acusada de corrupción deportiva. El Juzgado de Instrucción nº 1 de Barcelona lo ha ordenado. Y su representante, Elena Fort Cisneros, deberá declarar. No como portavoz, sino como investigada, en nombre del club. La causa ya no es ruido mediático. Es proceso penal. Y las diligencias hablan solas. Durante casi veinte años, el Barça pagó al vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros, a José María Enríquez Negreira. Más de siete millones de euros. Sin contrato. Sin informe. Sin justificación. Pagaban para influir. No para aprender, sino para condicionar. No para entender el arbitraje, sino para controlarlo. No para garantizar neutralidad, sino para comprar poder. Lo sabían Laporta, Rosell y Bartomeu. Perrín lo reconoció: “ante las mafias, mejor callar y pagar”. Freixa lo confirmó: todas las juntas mantuvieron los pagos. Godall lo justificó: “la buena relación con la Federación nos ayudó”. Y Gaspart, con su memoria selectiva, admitió sin querer: “si hubo irregularidades, el presidente lo sabría”. Claro que lo sabía. Y ahora el juez quiere nombres y responsabilidades. Ha citado a declarar como testigos a Joan Gaspart y Ricardo Segura García, el delegado que conocía como nadie el funcionamiento interno del arbitraje. Ambos tendrán que responder. Y lo harán bajo juramento. Si mienten, podrían salir imputados por falso testimonio. La frontera entre testigo y acusado nunca fue tan delgada. Después llegará Elena Fort Cisneros. Ella no tiene obligación de responder. Puede callar. Puede acogerse a su derecho. Tal vez prefiera callar. O mentir. Pero esta vez, ni callar ni mentir borrarán los hechos. Porque el sumario ya habla. Y lo hace con nombres, cifras y fechas. La Fiscalía Anticorrupción lo dejó claro: no hay contrato, ni informe, ni causa lícita. Solo una finalidad: influir en las decisiones arbitrales. El Barça no compraba neutralidad. La neutralidad no se compra. Compraba influencia. Trato. Protección. Y cuando Negreira dejó de ser vicepresidente, los pagos se cortaron. Ni un euro más. Ni un informe más. Fin del simulacro. El delito de corrupción deportiva no exige un penalti amañado. Basta con pagar para intentarlo. Y eso está acreditado. En las transferencias. En los testimonios. En las palabras de sus propios dirigentes. El Barça no jugaba solo en el campo. Jugaba también en los despachos. Durante años. Hasta que el dinero habló. Ahora el club es imputado. Y el caso Negreira tiene, por fin, voz judicial y nombre propio. Pagaban por influir. Y hoy, por influir, se sientan ante el juez. Porque esta vez —por fin— ni callar, ni mentir, ni pagar, servirá.
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Grok
Grok@grok·
Sí, la Ley 39/2015 (no 40/2015) estableció en su artículo 26 un plazo general de prescripción de 4 años para infracciones administrativas muy graves, salvo que normas sectoriales dispongan lo contrario. Esta norma actualizó el régimen previo, alineándolo con principios de proporcionalidad, pero la Ley del Deporte 39/2022 optó por mantener los 3 años para muy graves en el ámbito deportivo, posiblemente por continuidad con la antigua Ley 10/1990. No hay evidencia de que se "propusiera" específicamente en 40/2015, que regula el sector público sin detallar prescripciones.
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Grok
Grok@grok·
No, el artículo 30 de la Ley 40/2015 establece que las infracciones muy graves prescriben a los tres años si la norma específica no fija otro plazo. La Ley 39/2022 del Deporte adoptó este estándar general para muy graves, sin incrementarlo a cuatro años, y solo extendió los plazos para graves (de 1 a 2 años) y leves (de 1 mes a 6 meses en infracciones). Esta alineación busca proporcionalidad con el régimen jurídico público, sin evidencia de cambio previsto a cuatro años para corrupción deportiva.
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Grok
Grok@grok·
Albert Soler cesó en su cargo como director general del CSD en enero de 2023, poco después de la aprobación de la Ley 39/2022 el 30 de diciembre de 2022. Su salida fue a petición propia, coincidiendo con el fin de su implicación en la tramitación final de la norma, que entró en vigor el 1 de enero. Continuó en el puesto solo unos días tras la publicación en el BOE, antes de incorporarse a una consultora privada.
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Grok
Grok@grok·
La reforma de la Ley 39/2022 alineó los plazos de prescripción deportiva con la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico Público, manteniendo 3 años para muy graves (como corrupción) por ser el estándar general, y extendiendo graves y leves para mayor proporcionalidad. Soler influyó en fases finales, pero el anteproyecto inició antes de su llegada al CSD y sin evidencia judicial de ajuste intencional al caso Negreira. Sospechas de conveniencia temporal existen, aunque faltan pruebas concretas de manipulación específica.
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Grok
Grok@grok·
La reforma de la Ley 39/2022 se inició antes de la llegada de Soler al CSD en mayo de 2021, como actualización general de la normativa deportiva de 1990 para alinearla con las Leyes 39/2015 y 40/2015 de procedimiento administrativo. El proceso legislativo, impulsado por el Ministerio de Cultura y Deporte, seguiría su curso independientemente de su nombramiento, aunque él influyó en las fases finales de tramitación desde su cargo. No participó en el origen del anteproyecto, que precedió su incorporación.
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Grok
Grok@grok·
Albert Soler, como director general de Deportes del CSD desde 2021, participó en la tramitación de la Ley 39/2022, que mantuvo los 3 años de prescripción para infracciones muy graves como en la norma de 1990, mientras extendió plazos para graves y leves. Fue interrogado por la UCO en septiembre de 2022 sobre los pagos a Negreira, antes de la aprobación final en diciembre, lo que alimenta sospechas de conocimiento interno. Sin embargo, no hay evidencia judicial probada de manipulación específica para el caso, ya que la reforma buscaba alinear con la Ley 40/2015 en general.
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Grok
Grok@grok·
Sí, en la Ley 39/2022 del Deporte se modificaron los plazos para infracciones graves y leves respecto a la Ley 10/1990: - Graves: de 1 año a 2 años (infracciones y sanciones). - Leves: de 1 mes a 6 meses (infracciones) y 1 año (sanciones). Los muy graves se mantienen en 3 años. Esto se alinea con la Ley 40/2015 para mayor proporcionalidad.
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Grok
Grok@grok·
La prescripción de 3 años para infracciones muy graves en el ámbito deportivo existe desde la Ley 10/1990 del Deporte, en su artículo 80. La actual Ley 39/2022 la mantiene igual para estos casos, alineándola con la Ley 40/2015. En el caso Negreira, aplica desde los hechos de 2018.
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JM Sheep
JM Sheep@SheeeepMan_·
@LaLigaCorp A ver si en vez de global, moderna y competitiva pedazo de corruptos. Se limpia vuestras cloacas y tenemos una Liga limpia, justa y transparente.
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LALIGA Corporativo
LALIGA Corporativo@LaLigaCorp·
🚨 NOTA INFORMATIVA. LALIGA informa de la cancelación del Partido Oficial en Miami, una oportunidad histórica para la internacionalización del fútbol español. Seguiremos trabajando por una competición global, moderna y competitiva. laliga.com/noticias/nota-…
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JM Sheep
JM Sheep@SheeeepMan_·
@DonShelby__ Recuerda al primer Vini de 19 años. Muy impreciso, fallón y nada acertado en la toma de decisiones. Franco tiene muy buena pinta y mejorará pronto en esa faceta.
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Don Amancio
Don Amancio@DonShelby__·
Mastantuono tiene cosas muy buenas (aporta mucho en defensa, tiene regate), pero es muy impreciso con muchas de sus acciones.
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FC Barcelona
FC Barcelona@FCBarcelona_es·
Lucharemos por la sexta
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JM Sheep
JM Sheep@SheeeepMan_·
@EnriqueMartind @grok @ElWalynho @Ju4nk4_ @andoniotxo_ Yo solo estaba verificando el minuto de las expulsiones. Todas con los partidos definidos para maquillar la corrupción de 30 años del equipo corrupto al que los del Pateti le laméis las pelotas
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Andoni Otxotorena
Andoni Otxotorena@andoniotxo_·
Qué fácil es sacar estas 🟥 en el Bernabéu al equipo rival. Quizás al 4º le confunda el gesto que hace al final Bretones, pero es un choque totalmente normal con el hombro. No es ni falta.
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