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@Wacampoverde

Ecuador Katılım Ağustos 2012
860 Takip Edilen218 Takipçiler
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EL DIEGO
EL DIEGO@Diegooficial239·
🚨 Les dejo nuevamente el video cuando Sergio Peña le decía a Daniel Noboa narcotraficante. En ésta entrevista Sergio Peña era correista y estaba de candidato para ser asambleista gracias a que Rafael Correa le dió la oportunidad a ese pobre perro. Deben compartir y comentar antes de que lo eliminen....
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Carlos Vera
Carlos Vera@CarlosVerareal·
Polymarket,indicador?
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Jesús
Jesús@Wacampoverde·
@notimundoec Ja ja ja por lo menos le dan esperanzas a Jorgito
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Jesús
Jesús@Wacampoverde·
ZXX
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Andrés Coronel Alvarado
Andrés Coronel Alvarado@andrscoronel·
Bueno, si @teleamazonasec borró el reportaje donde vinculan a Roberto Luque con empresas que le robaron millones al país, significa que nosotros debemos difundirlo. Si quieren ocultarlo, hay que hacerlo viral. Dale RT 🔥
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Jesús
Jesús@Wacampoverde·
@lahistoriaec 🤣🤣🤣🤣🤣🤣 pobrecito 🥹🥹🥹
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LaHistoria
LaHistoria@lahistoriaec·
El apadrinado sin padrino. La Comisión Calificadora para el concurso de Fiscal General negó la reconsideración a su puntaje de méritos que hizo el ex ministro y aspirante, José de la Gasca, quien ya dejó de ser el favorito para ganar el cargo.
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Marco Antonio
Marco Antonio@MarcoCuencano·
¿Será que @fernavillarroel se atreve a hacer un vídeo de Álvaro Noboa con Alzheimer y Párkinson?
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Un Café con JJ
Un Café con JJ@UnCafeConJJ·
La sátira incomoda al poder, pero un sketch no condena: retrata el momento político.
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Daniel Salcan
Daniel Salcan@Danielsalcan_·
Amigos, Wilson Merino se puso muy molesto conmigo porque publique el video de él bailandole a Noboa por una candidatura. Por favor amigos, ya no compartan este video. Repito: NO le den RT a este video. No lo hagan, por favor. ¡Basta! ¡Ya no le den RT!
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Jara Política
Jara Política@jarapolitica·
@alvatin18 @ElBalance_EC @MashiRafael Uy, Álvaro. Pensé que buscabas una mirada crítica al poder, no la opinión de alguien que acumuló precisamente las mismas prácticas que hoy cuestionas, y en varios casos a una escala mucho mayor. Qué lástima.
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Álvaro Martín
Álvaro Martín@alvatin18·
Amigos, mañana a las 10:00 am, por @ElBalance_EC, no se pierdan mi entrevista con el expresidente @MashiRafael. Una mirada crítica al porvenir democrático en Ecuador y un análisis de la coyuntura nacional. Mi investigación sobre PROGEN, la situación de Aquiles Álvarez, la proscripción de la RC y demás. ¡No se lo pierdan!
El Balance@ElBalance_EC

¡MAÑANA!, En el Balance Nos acompañará el expresidente Rafael Correa (@MashiRafael) en una entrevista especial con Álvaro Espinosa (@alvatin18) para conversar sobre los temas que marcan la coyuntura nacional: la proscripción de la Revolución Ciudadana, la arbitraria detención de #AquilesÁlvarez en #ElEncuentro, la impunidad en el caso #Progen, el porvenir democrático en Ecuador y la revocatoria de mandato. A las 10h00, ¡por El Balance! #SomosElBalance #periodismoindependiente

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Washington Andrade Escobar
Washington Andrade Escobar@Drwandradee·
Ahora más que nunca: L A R E V O C A T O R I A VA‼️
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Jesús
Jesús@Wacampoverde·
@LoloMino @amontenegrito Cada vez alejan más la posibilidad de acceder a justicia constitucional y protección de derechos, es grave y muy difícil de entender las contradicciones que ahí se exponen!
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Lolo Miño⚖️
Lolo Miño⚖️@LoloMino·
Comparto esta apreción de Alberto. Si la acción extraordinaria de protección es una garantía diseñada para la tutela de derechos, nunca me ha hecho sentido condicionar su admisibilidad o procedencia a un criterio de relevancia, como si ciertas violaciones fueran más importantes que otras. Ser un recurso extraordinario y a la vez un recurso que busca tutelar derechos es entonces una contradicción.
Alberto Montenegro@amontenegrito

📚¿Quieren que les cuente lo que "#lacortedice" cuando una ciudadana interpone una acción extraordinaria de protección, cumple los requisitos de admisión, construye correctamente sus cargos constitucionales, logra que el propio organismo reconozca expresamente que uno de sus argumentos sí era claro y sí superaba el examen técnico… pero aun así recibe una inadmisión porque su caso no tendría suficiente relevancia ? Vamos a leer esta triste historia sobre cómo una brillante Corte de lujo puede terminar limitando el acceso a la Justicia Constitucional mientras reconoce que el ciudadano hizo exactamente lo que el sistema le exigió. El caso no era particularmente exótico ni estaba construido sobre teorías extravagantes. Una trabajadora con discapacidad intelectual reconocida fue desvinculada de una entidad pública al concluir un contrato eventual. Ella sostuvo algo que, al menos en apariencia, parece una pregunta constitucional legítima. Preguntó por qué una persona perteneciente a un grupo de atención prioritaria podía ser separada del cargo sin que existiera un análisis serio sobre estabilidad reforzada, reubicación institucional o protección diferenciada derivada de su condición. En primera instancia encontró una respuesta que parecía coherente con el discurso constitucional contemporáneo. Se aceptó la acción de protección. Luego vino la apelación y todo fue revocado bajo una idea tan sencilla como cómoda. El contrato terminó porque terminó el plazo. La ciudadana hizo entonces lo que cualquier defensor del constitucionalismo diría que debía hacer. Acudió a la acción extraordinaria de protección. No llegó diciendo simplemente que el tribunal estaba equivocado. Intentó hacer exactamente aquello que la propia Corte exige todos los días en sus autos. Construyó cargos constitucionales, identificó derechos, explicó la relación directa entre la actuación judicial y la vulneración alegada, planteó un problema de motivación e intentó justificar por qué el caso merecía revisión constitucional. Y aquí aparece la parte verdaderamente incómoda. La Corte expresó que cumplía requisitos, que el cargo sobre motivación sí era claro, que el problema podía formularse constitucionalmente. Es decir, el máximo órgano constitucional le dijo al ciudadano que sí entendió las reglas del juego, que sí logró hablar el lenguaje constitucional y que sí hizo el esfuerzo técnico que normalmente se exige para cruzar la puerta. Y después de reconocer todo eso, inadmitió. No porque el cargo fuera deficiente. No porque faltara técnica. No porque la acción estuviera mal planteada. La inadmitió porque el caso no tenía suficiente "relevancia", porque el problema no era novedoso, porque ya existía jurisprudencia sobre motivación y porque, a juicio del tribunal, no existía una razón suficiente para volver a intervenir. Y aquí nace una pregunta que deja de ser jurídica para convertirse en democrática. ¿Qué debe entender un ciudadano cuando el mismo tribunal le dice que sí cumplió las reglas pero que su problema no merece ser conocido? Porque para quien soporta una vulneración de derechos la discusión jamás se siente como un debate sobre relevancia. Se siente como otra cosa. Se siente como si el sistema le dijera que sí tiene un derecho, sí logró demostrar que posiblemente fue lesionado, pero que además debía probar que su sufrimiento constitucional era suficientemente "interesante". La paradoja merece ser pensada. Si ya existe jurisprudencia sobre motivación y aun así siguen llegando ciudadanos demandando decisiones presuntamente inmotivadas, quizá la conclusión no debería ser que el tema perdió relevancia. Quizá la pregunta incómoda sea otra. ¿No será que el precedente todavía no está logrando proteger aquello para lo que fue creado? Porque una Constitución deja de parecer garantía cuando el ciudadano descubre que ya no basta con demostrar una violación de derechos. También debe ganar un concurso de "relevancia" para que alguien decida escucharlo.

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María José Torres⚒️
María José Torres⚒️@geologymin10·
Pilas mi gente, hay que estar listos para firmar la revocatoria.
María José Torres⚒️ tweet media
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Jesús
Jesús@Wacampoverde·
@NielsOlsen Ahora les falta la ley del aire! Pilas
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Niels Olsen
Niels Olsen@NielsOlsen·
Pese a ciertos papelones de ayer, se logró el objetivo: Ley de Olas aprobada ✅🇪🇨 Esta ley protege nuestras playas, evita su deterioro, cuida ecosistemas costeros y defiende miles de empleos ligados al turismo, la pesca y la economía local. Una lucha que el sector costero de nuestro país lleva años impulsando. Gracias a científicos, biólogos marinos, ONGs, emprendedores y deportistas que le dieron forma a este proyecto 🇪🇨
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Teresa Arboleda
Teresa Arboleda@TeresaArboleda·
De verdad creen q la gente no se da cuenta? Q con todo lo q se conoce dl caso Progen todavía alguien cree esas narrativas desesperadas para desviar la atención? La gente sabe quiénes tomaron las decisiones y quiénes están tratando de hacer pagar solo a los más débiles.
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Vero Silva
Vero Silva@VeroSilvaEc·
A Noboa: Presidente, usted se ha convertido en la mejor representación del desastre que vive hoy el Ecuador. Para usted los culpables siempre son otros: Las mafias. Los trolls. Los odiadores. La oposición. El pasado. Todos menos usted. Todos, menos quien gobierna. Y ahí está el problema. Gobernar no consiste en buscar enemigos. Gobernar consiste en asumir responsabilidades y dar soluciones! Es bajo su gobierno que el Ecuador vive una de las peores crisis de su historia. Prometió SEGURIDAD Y hoy tenemos violencia histórica, más de 20.000 asesinados sólo es su administración, con miles de familias víctimas de esa violencia! ¿De qué política de seguridad habla? ¿De estados de excepción eternos? ¿De ciudades militarizadas? ¿De provincias encerradas? ¿De toques de queda? ¿De falsos positivos como los niños de las Malvinas? Porque la verdadera seguridad se mide por la tranquilidad de la gente. Y esa tranquilidad desapareció. Prometió EMPLEO Y hoy familias enteras se endeudan hasta para comprar comida. 7 millones de pobres Presidente, de los cuales, 3millones, viven con menos de un dólar diario y en condiciones de hambre! Prometió ESTABILIDAD Y destruyó el aparato productivo nacional, sumando a un conflicto absurdo con Colombia que ha destruido miles de empleos! -Productores quebrados. -Comerciantes quebrados. -Empresarios quebrados. -Gobiernos locales sin recursos reclamando lo que les corresponde. Prometió SALUD Y no hay un solo hospital con medicinas, equipos y médicos completos… nuestros seres queridos están muriendo en las puertas de los hospitales! Prometió EFICIENCIA Y solo vemos escándalos de corrupción tipo PROGEN! Prometió DEMOCRACIA Y usted ha provocado una persecución política sin precedentes. Alcaldes perseguidos, uno preso. Ha cooptado vergonzosamente el CNE, para anular partidos políticos y adelantar elecciones en favor de su partido! NADA Absolutamente nada de lo que ofreció en campaña se cumplió. NADA. Y mientras el país atraviesa esta crisis nacional, ¿cuál es su respuesta? Una carta. Una carta donde habla de autos. Una carta donde habla de títulos. Una carta donde habla de ataques personales. Una carta donde dice sentirse perseguido. No se burle del país. Porque mientras usted habla de persecución, millones de ecuatorianos viven La persecución de las mafias. La persecución del desempleo. La persecución de las deudas. La persecución de una violencia que entró a nuestras calles, barrios y hogares. La persecución de la desesperanza. Y por eso hoy hay que decirlo con claridad: Usted ya no gobierna. Usted ya lo reconoció semanas atrás, “estamos ante una verdadera crisis política y una conmoción interna” Y ante ello la Constitución establece una salida: Art.130 Destitución! Reconózcalo, cada vez más ecuatorianos saben, sienten, lo dicen sus encuestas: que nuestro país no tiene futuro bajo su gobierno. Renuncie Presidente! Permita que el Ecuador encuentre una salida democrática y constitucional. Porque la Patria está por encima de usted. Y más temprano que tarde será el pueblo ecuatoriano quien recupere su destino, esa ha sido nuestra historia, y tenemos memoria 🇪🇨
Daniel Noboa Azin@DanielNoboaOk

Al País:

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Alberto Montenegro
Alberto Montenegro@amontenegrito·
📚¿Quieren que les cuente lo que "#lacortedice" cuando una ciudadana interpone una acción extraordinaria de protección, cumple los requisitos de admisión, construye correctamente sus cargos constitucionales, logra que el propio organismo reconozca expresamente que uno de sus argumentos sí era claro y sí superaba el examen técnico… pero aun así recibe una inadmisión porque su caso no tendría suficiente relevancia ? Vamos a leer esta triste historia sobre cómo una brillante Corte de lujo puede terminar limitando el acceso a la Justicia Constitucional mientras reconoce que el ciudadano hizo exactamente lo que el sistema le exigió. El caso no era particularmente exótico ni estaba construido sobre teorías extravagantes. Una trabajadora con discapacidad intelectual reconocida fue desvinculada de una entidad pública al concluir un contrato eventual. Ella sostuvo algo que, al menos en apariencia, parece una pregunta constitucional legítima. Preguntó por qué una persona perteneciente a un grupo de atención prioritaria podía ser separada del cargo sin que existiera un análisis serio sobre estabilidad reforzada, reubicación institucional o protección diferenciada derivada de su condición. En primera instancia encontró una respuesta que parecía coherente con el discurso constitucional contemporáneo. Se aceptó la acción de protección. Luego vino la apelación y todo fue revocado bajo una idea tan sencilla como cómoda. El contrato terminó porque terminó el plazo. La ciudadana hizo entonces lo que cualquier defensor del constitucionalismo diría que debía hacer. Acudió a la acción extraordinaria de protección. No llegó diciendo simplemente que el tribunal estaba equivocado. Intentó hacer exactamente aquello que la propia Corte exige todos los días en sus autos. Construyó cargos constitucionales, identificó derechos, explicó la relación directa entre la actuación judicial y la vulneración alegada, planteó un problema de motivación e intentó justificar por qué el caso merecía revisión constitucional. Y aquí aparece la parte verdaderamente incómoda. La Corte expresó que cumplía requisitos, que el cargo sobre motivación sí era claro, que el problema podía formularse constitucionalmente. Es decir, el máximo órgano constitucional le dijo al ciudadano que sí entendió las reglas del juego, que sí logró hablar el lenguaje constitucional y que sí hizo el esfuerzo técnico que normalmente se exige para cruzar la puerta. Y después de reconocer todo eso, inadmitió. No porque el cargo fuera deficiente. No porque faltara técnica. No porque la acción estuviera mal planteada. La inadmitió porque el caso no tenía suficiente "relevancia", porque el problema no era novedoso, porque ya existía jurisprudencia sobre motivación y porque, a juicio del tribunal, no existía una razón suficiente para volver a intervenir. Y aquí nace una pregunta que deja de ser jurídica para convertirse en democrática. ¿Qué debe entender un ciudadano cuando el mismo tribunal le dice que sí cumplió las reglas pero que su problema no merece ser conocido? Porque para quien soporta una vulneración de derechos la discusión jamás se siente como un debate sobre relevancia. Se siente como otra cosa. Se siente como si el sistema le dijera que sí tiene un derecho, sí logró demostrar que posiblemente fue lesionado, pero que además debía probar que su sufrimiento constitucional era suficientemente "interesante". La paradoja merece ser pensada. Si ya existe jurisprudencia sobre motivación y aun así siguen llegando ciudadanos demandando decisiones presuntamente inmotivadas, quizá la conclusión no debería ser que el tema perdió relevancia. Quizá la pregunta incómoda sea otra. ¿No será que el precedente todavía no está logrando proteger aquello para lo que fue creado? Porque una Constitución deja de parecer garantía cuando el ciudadano descubre que ya no basta con demostrar una violación de derechos. También debe ganar un concurso de "relevancia" para que alguien decida escucharlo.
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Jesús@Wacampoverde·
@Polificcion @VillacresesJA1 Confianza? Este país hace rato que reina la corrupción a todo nivel que, ni siquiera quienes defienden al gobierno lograr seguir justificando el gran poder!
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Carlos Andrés Vera
Carlos Andrés Vera@Polificcion·
El tema ProGen tiene seguimiento de prácticamente todos los medios del país. En todas partes se publican crónicas, reportajes y análisis. Los detalles que se van haciendo públicos dejan claro que la Fiscalía no está acusando a todos los que son. Quienquiera que sea el gran poder intentado bloquear la verdad, va a fracasar pues la atención pública es máxima. El escrutinio es enorme. Lo único que le conviene al gobierno o a fiscalía es actuar con decencia: dar con las cabezas del atraco y ejercer justicia, sin contemplaciones ni cálculos. Cualquier otro camino pulverizaría la anémica confianza del país en las instituciones y tendría costos políticos, judiciales y sociales gigantescos.
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Jesús
Jesús@Wacampoverde·
@SamnoMacias @CorteConstEcu El punto es que nadie controla esto y se refuerza por la impenetrable barrera de la inadmisibilidad.
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Samno Macias
Samno Macias@SamnoMacias·
Esperemos que todas las “guías” que en sentencia fija la @CorteConstEcu sean aplicadas por las juezas y jueces en instancia de APELACIÓN, y no solo se dediquen a dar “apariencia de motivación por remisión = NO MOTIVAR. Adicionalmente, se dedican a rellenar el fallo de un copia y pega de los argumentos de audiencia de primera instancia, para posteriormente incluir “jurisprudencia” de cualquier otra cosa menos lo atinente al caso, y así se toman TODO el tiempo del mundo para notificar cualquier cosa, menos algo que pueda llamarse SENTENCIA. Sumado a la anterior, no respetan el PLAZO RAZONABLE Y EL DEBER DE ADMINISTRAR JUSTICIA en garantías jurisdiccionales, bajo la premisa de excesiva carga o poniendo como antecedentes “letanías” explicando con fechas, la ocasión en que una u otra autoridad administrativa de turnos, no atendió un pedido de incremento de jueces, y con eso, “justifican su trabajo” extendiendo la emisión de la sentencia por varios años, sea “por el mérito” o luego de escuchar a las partes en “audiencia”. Aclaro, no son todos porque si existen excelentes fallos, de jueza y jueces que incluso respetan la faceta de celeridad e inmediatez de las garantías jurisdiccionales. En fin, en algún momento la @CorteConstEcu y el @CJudicaturaEc deben corregir todas estas actuaciones. La administración de justicia debe dejar de ser un botín de piratas!! 👨🏻‍⚖️🇪🇨
Verónica Hernández Muñoz@VeronicaLHM

🔵Acción de protección y recurso de apelación #LaCortedice que el efecto de apelar, en garantías, es la revisión del proceso en su integralidad. 🔹En casos de acciones de protección, mediante el recurso de apelación, es siempre posible que los jueces de alzada se pronuncien sobre el fondo del asunto debatido, debiendo para esto analizar los fundamentos de hecho y de derecho de la litis. 🔹De modo que, se puede obtener como resultado, ya sea: A) La confirmación de la decisión dictada en primera instancia. En este caso, se obtiene la misma conclusión que la judicatura inferior, i.e. Negar o aceptar, total o parcialmente, la acción. En el caso de aceptar la acción, bien puede: i) Confirmar la decisión propiamente. En este caso, se ratifican tanto el razonamiento como las medidas de reparación dictadas, sin que esto obste la obligación de emitir un razonamiento propio de la judicatura. ii) Confirmar la decisión con modificación del razonamiento de la judicatura inferior o las medidas dictadas por considerarlas no idóneas o porque no tendrían la potencialidad de reparar efectivamente los derechos vulnerados. Dada la exigencia de claridad que debe revestir una sentencia, la reforma de las razones y/o medidas de reparación debe ser expresa. B) Confirmar parcialmente la decisión. En este caso, la decisión de la sentencia de instancia, se ratifica sólo de forma parcial. Un ejemplo de aquello se observa cuando en primera instancia se acepta totalmente la acción, y en la apelación sólo se lo hace de forma parcial. Asimismo, el cambio de decisión demandará la expresión de las razones que los operadores judiciales de alzada han advertido para realizar dicho cambio; en estos casos, por lo general también se modificarán las medidas de reparación. c. La revocatoria de la sentencia dictada en primera instancia. En este caso, se obtiene una conclusión totalmente contraria a la sentencia dictada por la judicatura inferior. Si en primera instancia se negó una acción, en segunda se aceptaría o viceversa. Se precisa que, cuando se acepta la acción en primera instancia y se niega en segunda, la sentencia dictada por la instancia inferior es “dejada sin efecto automáticamente […] dejando de existir en el plano jurídico”. 🔹Aun confirmando o sustituyendo la decisión, las judicaturas de apelación deben analizar la existencia de vulneración de derechos. Esto último, con excepción de los casos en los que este Organismo ha indicado que se puede no analizar la real vulneración de derechos constitucionales (desnaturalizaciones, improcedencias manifiestas, etc.). Sentencia No. 649-22-EP/26▶️cita la Sentencia No. 92-21-IS/24. Párr. 41

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