
🔴 XTopMusic
179.5K posts













Polémica tras la aprobación del pliego de Crexell como embajadora en Canadá El Senado aprobó el pliego de Lucila Crexell como embajadora en Canadá, lo que reavivó denuncias de un presunto “canje de votos” por su respaldo a la Ley Bases en 2024. La senadora Florencia López calificó la designación de “coima” y advirtió sobre el impacto en el honor de la CámaraAlta. infonews.com/crexell-embaja… a través de @INFOnews





Desde Europa ya lo dicen sin rodeos: lo de @JMilei no es valentía, es torpeza diplomática. Confundir agresión personal con política exterior es propio de quien no comprende —o desprecia— el funcionamiento básico del sistema internacional. Faltar el respeto institucional a @sanchezcastejon no es un gesto interno: es un agravio que repercute en toda la Unión Europea. Y mientras el mundo observa, @pabloquirno y la Cancillería argentina administran el daño con un silencio que ya no es prudencia: es convalidación. La diplomacia no es gritar más fuerte ni alinearse automáticamente para buscar protección. Es negociar, construir poder y sostener autonomía. Creer que ser funcional a agendas externas —sean cuales sean— otorga inmunidad es, además de ingenuo, profundamente perjudicial para el país. En el tablero global, los países serios respetan a quienes piensan. No a quienes reaccionan. No a quienes obedecen. Y mucho menos a quienes confunden convicción con improvisación. La Argentina merece una política exterior a la altura de su historia. No este experimento amateur que la expone al ridículo internacional. DALE PLAY👇


Dos encuestas contundentes sobre la situación de Adorni. La primera, de OK Media, con un 73% delas respuestas de aseguran que “debería renunciar”. La segunda, de @Innova_oopp, en la que el 70% lo considera “corrupto”. Mientras más lo sostienen, más daño parece hacerle al Gobierno

Una cosa es justicia. Otra muy distinta es venganza. Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola pretenden responsabilizar a @CFKArgentina por manifestaciones de terceros en la vía pública. Desde el punto de vista jurídico, eso es inadmisible. El derecho penal argentino es claro: 👉 la responsabilidad es personalísima. No existe —ni puede existir— responsabilidad por hechos ajenos. Pretender que una persona privada de su libertad controle conductas de terceros es violar: •el principio de culpabilidad •el debido proceso •y el art. 18 de la Constitución Nacional Además, las manifestaciones públicas están protegidas por el art. 14 CN y por los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Convertir el ejercicio de derechos constitucionales de la ciudadanía en un supuesto incumplimiento de condiciones de detención es un razonamiento jurídicamente insostenible. No hay conducta atribuible. No hay incumplimiento. No hay base legal. Lo que sí hay es un intento de disciplinamiento político a través del proceso penal. Y eso tiene un nombre. En la Argentina no hay reyes, pero tampoco hay verdugos.







