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@YoFLTB
"Creo en el Sol, aunque no brille, Creo en el Amor, aunque a veces me duela, Creo en Dios, aunque El este en silencio“

Impresionante presencia de @PNBVzla en esq Tracabordo #LaCandelaria #Ccs frente a nuestro mural de los caídos por la tiranía, justamente donde durante 15 años hemos realizado la #QuemadeJudas. Ya no está @NicolasMaduro pero con @delcyrodriguezv continúa el legado de represión y amenazas de detención ¡La dictadura sigue con diferente rostro! #ProtestarNoEsDelito





Interino, de acuerdo a la real academia, es algo provisional o accidental. Por tanto la pretensión de Delcy Rodríguez y los conversos del chavismo, de quedarse hasta el 2030, es una quimera. 2 razones privan su ilusión: que forma parte de un decisivo proceso hacia una transición democrática y la otra porque hay un país que no los tolera, que los quiere FUERA. Un país que quiere libertad y respeto a la soberanía popular. Un país que quiere legitimidad. La provisionalidad jamás podrá normalizarse porque en sí misma genera inestabilidad.










Hace 3 meses el TSJ designó a Delcy Rodríguez como presidenta encargada de Venezuela tras la captura de Maduro por Estados Unidos, calificando la situación como “ausencia forzosa”. Un término que no existe en la Constitución y usado para evitar sus mecanismos. El Art. 234 establece que el Vicepresidente Ejecutivo puede asumir hasta 90 días ante una falta temporal, prorrogables por otros 90, con un plazo máximo de 180 días. Ya se cumplió el primero. A los 90 días, la @Asamblea_Ven puede declarar falta absoluta. A los 180, tiene la obligación. Eso obliga a convocar elecciones en 30 días. No pronunciarse es una decisión política, no una omisión neutral. Venezuela tiene derecho a decidir. La falta absoluta no es un tecnicismo, sino el mecanismo que devuelve la palabra al pueblo. Tenemos derecho a elecciones democráticas, el reloj constitucional corre.



¡Preparando motores!
🗣️"ABRAN EL MALDITO ESTRECHO, MALDITOS LOCOS, O VIVIRÁN EN EL INFIERNO" - Trump a Irán: esrt.press/actualidad/597…





El Secuestro del presidente Nicolás Maduro Moros quien fuera electo el 28 de julio del 2024 no se encuentra previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como falta absoluta ni como falta temporal, ese supuesto no existe en ninguna constitución del mundo 🌎










