

Mar Racing
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@mmar87
📺 Jugadora en #PasapalabraArgentina y #MundialPasapalabra 📽 Guionista y co-host en VEZER De Racing Club Asociación Civil 🤍💙








Dejo algunas consideraciones para abrir el debate acerca del estatuto: Prorrogar la vigencia de la cláusula transitoria: ¿se puede hacer sin votar en comision directiva o asamblea ? El Estatuto vigente de Racing Club S.A.C. establece claramente el procedimiento, y la respuesta jurídica es contundente: 👉 no hay habilitación para que la Comisión Directiva prorrogue una cláusula transitoria por sí sola. NO SE REUNEN DESDE OCTUBRE 1. ¿Dónde se regula esto en el Estatuto? 🔹 Modificación, suspensión o reforma del Estatuto El Estatuto aprobado en Asamblea General Extraordinaria del 18/12/2019 deja en claro que: Toda reforma estatutaria debe ser tratada y aprobada por Asamblea. La Comisión Directiva administra, ejecuta y reglamenta, pero no legisla sobre el Estatuto. Esto surge del esquema general de competencias y del hecho central de que: El Estatuto nace, se reforma y se valida exclusivamente en Asamblea No existe en todo el texto: ninguna cláusula que autorice a la CD a prorrogar plazos estatutarios, ni a extender la vigencia de cláusulas transitorias con vencimiento expreso. 2. Artículo 11 – Socios Vitalicios (núcleo del conflicto) El artículo 11 regula la categoría de socios vitalicios y está acompañado por una cláusula transitoria con fecha cierta de vencimiento (31/12/2025). En el Estatuto: ❌ No se prevé que la Comisión Directiva pueda: suspender, prorrogar, ni reinterpretar en forma general ese régimen. ✔️ Cualquier alteración del acceso, condiciones o vigencia impacta en derechos de los socios y, por definición, es materia asamblearia. (Ver Art. 11 y desarrollo del régimen de categorías) estatuto-racing-club (2) 3. ¿Hay alguna “puerta lateral” para la Comisión Directiva? No. El Estatuto: no contiene cláusulas de “emergencia estatutaria”, no delega facultades excepcionales en la CD, no autoriza prórrogas automáticas ni preventivas de normas estatutarias. La CD puede: reglamentar, administrar , ejecutar decisiones, pero no puede extender la vida jurídica de una cláusula estatutaria vencible. 4. Entonces, ¿qué implica lo que comunicaron? Desde el punto de vista estatutario: ❌ No es una prórroga válida del Estatuto. ⚠️ Es, en el mejor de los casos, una suspensión administrativa de hecho, sin respaldo normativo expreso. 🧨 Jurídicamente es impugnable si no se convalida por Asamblea. El propio comunicado lo reconoce indirectamente cuando aclara que: “no constituye una modificación definitiva del Estatuto” Eso es clave: porque saben que no pueden hacerlo. 5. Conclusión seca (como corresponde) Sí, el Estatuto especifica el procedimiento. No, la Comisión Directiva no puede prorrogar una cláusula transitoria estatutaria sin Asamblea. Lo anunciado no está previsto estatutariamente y solo puede sostenerse: como medida política-preventiva, hasta que la Asamblea decida. ¿ RACING TIENE MINORIA ? ¿ el oficialismo puede hacer y deshacer sin que se enteren ? ¿ donde está la Comision Fiscalizadora ? QUE OPINEN LOS EXPERTOS





@davellaneda77 Debe irse Gustavo, si jugando Libertadores le trajeron al 10 de San Telmo y demas cascajos, imaginate sin jugar Libertadores lo que le van a traer, no lo quieren, a Milito le gustan los técnicos de probeta fabricados a imagen y semejanza del Loco Bielsa.







🛩️ Los que viajan a Brasil para el primer duelo ante Flamengo.

Déjame yo te explico lo que pasó 🥰🥰

