La Corte Dice

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Iniciativa creada en el 2020 por @veronicaLHM y @aldicon18. La Fundación #LaCorteDice nació para democratizar el conocimiento en todas las áreas del Derecho.

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Verónica Hernández Muñoz
Por más de 15 años he seguido de cerca el trabajo de la Corte Constitucional. Su trabajo tiene aciertos y errores (como cualquier institución). Pero en general, si algo puedo asegurar, es que esa institución ha escuchado a la gente, contestado y reparado las más graves violaciones de derechos. No ver esto y atacarla indiscriminadamente, es un grave error. Debe pronunciarse el foro jurídico, los colegios de abogados, jueces, docentes, universidades, estudios jurídicos y todos los buenos abogados que SÍ hay en Ecuador.
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Verónica Hernández Muñoz
🔵¿Procede la acción de protección para solicitar la extinción de obligaciones contractuales? No, #LaCortedice que la acción de protección no es una garantía jurisdiccional diseñada para atender y resolver pretensiones vinculadas, exclusivamente, a la extinción de obligaciones de fuente contractual. Ya que esto implica desnaturalizarla. ▶️La CC ratifica nuevamente este criterio (2022) en la Sentencia 174-22-EP/25. ▶️En este caso la empresa Halcotransa presentó una AP para exigir el pago de 500.000 dólares que Correos del Ecuador le adeudaba. ▶️La CC no solo aceptó la acción extraordinaria de protección sino que ordenó que Halcotransa devuelva los valores recibidos y declaró el error inexcusable. ▶️Comentario: a pesar de que se trató de un caso de desnaturalización, la Corte Constitucional no declaró el abuso del derecho o medidas disciplinarias para los abogados (como si lo ha ordenado en otros casos de desnaturalización de la AP). Esto, sin duda, genera incertidumbre sobre las consecuencias reales para los abogados cuando la CC considera que la acción de protección se ha desnaturalizado.
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Verónica Hernández Muñoz
🔹Les comparto un resumen de una sentencia muy importante que acaba de publicar la Corte Constitucional. 🔹Está relacionada a la estabilidad laboral reforzada de personas con discapacidad, sustitutos y cuidadores. ▶️La CC también dispuso que la Asamblea Nacional debe considerar lo dispuesto en este fallo para el desarrollo normativo de la protección laboral reforzada. *Además, en el tuit 2 les comparto un cuadro con los 6 casos seleccionados y los detalles de cada uno. Espero que sea de utilidad🦉
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Verónica Hernández Muñoz
Verónica Hernández Muñoz@VeronicaLHM·
🔵Facultades del juez para lograr la ejecución de sentencia constitucional 1️⃣Facultad de seguimiento: - Pueden requerir información a los sujetos procesales sobre el estado del cumplimiento de la sentencia para así disponer diligencias encaminadas a la ejecución. - Pueden realizar insistencias o realizar visitas in situ para asegurar el estado de la situación y del cumplimiento del fallo. 2️⃣Facultad de delegación - Pueden delegar el seguimiento de la ejecución de la sentencia a la Defensoría del Pueblo o a otra instancia estatal local o nacional de protección de derechos. 3️⃣Facultad correctiva - Pueden sancionar a los abogados privados que no comparezcan a las diligencias convocadas. 4️⃣Facultad coercitiva - Pueden imponer sanciones económicas, requerir la intervención de la Policía o remitir el caso a la Fiscalía, en caso de renuencia injustificada. 5️⃣Por sus facultades modulativas, pueden evaluar el impacto de las medidas en las víctimas y sus familiares y, de manera excepcional, modificar las medidas. 6️⃣Facultad de sanción contra los funcionarios que, por acción u omisión, dilaten o impidan la ejecución de las sentencias constitucionales. Sentencia No. 234-22-IS/24
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Álvaro Diego Contreras
Álvaro Diego Contreras@aldicon18·
🟠 Sentencias de la Corte Constitucional que desarrollan el alcance de la protección laboral reforzada de los trabajadores sustitutos en el contexto de relaciones laborales con el Estado: 1735-22-EP/26 1937-19-JP/25 1852-21-EP/25 2126-19-EP/24 1475-20-EP/23 1342-16-EP/21 1067-17-EP/20 367-19-EP/20 172-18-SEP-CC 🟠 Esta figura jurídica se encuentra expresamente reconocida en dos cuerpos normativos vigentes aprobados por la Asamblea Nacional. En particular: ➡️ Artículo 4, numeral 14 de la Ley Orgánica para la Atención Integral del Cáncer, publicada en el Séptimo Suplemento del Registro Oficial No. 236, de 4 de marzo de 2026; y, ➡️ Artículo 7 de la Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad, publicada en el Cuarto Suplemento del Registro Oficial No. 73, de 3 de julio de 2025. #LaCorteDice
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Verónica Hernández Muñoz
Verónica Hernández Muñoz@VeronicaLHM·
🔵Sentencias de selección y revisión de la Corte Constitucional del Ecuador: 2009-2026 🔹Periodo 2009-2012: 1 sentencia 🔹Periodo 2012-2015: 1 sentencia 🔹Periodo 2015-2018: 5 sentencias 🔹Periodo 2019-2022: 55 sentencias 🔹Periodo 2023-2025: 23 sentencias 🔹Periodo 2025-2026: 22 sentencias
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Verónica Hernández Muñoz
Verónica Hernández Muñoz@VeronicaLHM·
🔵Acción de incumplimiento de resoluciones de medidas cautelares constitucionales 🔹Regla general: no son objeto de acción de incumplimiento 🔹Excepciones: 1.- cuando existan decisiones constitucionales contradictorias; 2.- cuando el presunto incumplimiento genere un gravamen irreparable y 3.- se trate de decisiones que desnaturalizan el objeto de la garantía▶️una desnaturalización, para efectos de una acción de incumplimiento, implica que las medidas dispuestas en el marco de una garantía jurisdiccional devienen en inejecutables por razones jurídicas. Sentencia No. 21-24-IS/25
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Verónica Hernández Muñoz
Verónica Hernández Muñoz@VeronicaLHM·
🔵Legitimación activa en acciones extraordinaria de protección 🔹Es quien fue o debió ser parte del proceso de origen. (Art. 59 LOGJCC). 🔹Para determinar si una persona se encuentra legitimada para presentar una AEP se debe verificar: i) si los argumentos se refieren a que sus derechos fundamentales fueron vulnerados porque no se les permitió ser parte del proceso de origen; o, ii) si es que alguna decisión adoptada en el proceso de origen afectó uno de los derechos de los accionantes, a pesar de que eran ajenos a la relación jurídico-procesal. Por lo que la legitimación activa en una AEP puede ser entendida no sólo en los casos en que las partes fueron o debían ser parte del proceso, sino también entendida los casos en que “La decisión adoptada en el proceso de origen afectó un derecho del accionante a pesar de que eran ajeno a la relación jurídico-procesal […] ya que, de lo contrario, se consolidaría su estado de indefensión”. Por lo que, la noción de parte es amplia. #LaCortedice Sentencia No. 1865-22-EP/26🦉
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Paulina Rojas
Paulina Rojas@PaulinaRojasJ·
⚖️ Desde La Corte Dice Tributaria queremos democratizar, de verdad, el conocimiento jurídico en materia fiscal. Por eso, compartiremos periódicamente criterios de los Tribunales Contencioso Tributarios y de la Corte Nacional de Justicia Conocer más en: lacortedicetributaria.com
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Verónica Hernández Muñoz
Verónica Hernández Muñoz@VeronicaLHM·
🔵Acción de protección y controversias laborales 🔹Por regla general: cuando se impugnan actos administrativos sobre conflictos laborales entre el Estado y sus servidores públicos, el conocimiento del caso les corresponde a los jueces contencioso administrativo. 🔹Similar situación ocurre respecto de controversias laborales suscitadas entre trabajadores sujetos al Código del Trabajo o a la Ley Orgánica de Empresas Públicas, son de competencia de la justicia ordinaria. ▶️Por ejemplo: 🔘El pago de remuneraciones 🔘La indemnización por despido intempestivo 🔘La bonificación por desahucio 🔘Los fondos de reserva 🔘La décimo tercera y cuarta remuneración; o, 🔘El reintegro al puesto de trabajo en los casos que prevé la ley ⬆️Todo lo anterior, son cuestiones netamente laborales que no corresponden ser abordadas por la justicia constitucional. 🔹En definitiva, las controversias derivadas de la terminación de la relación laboral de los servidores públicos no puede ser atendidas a través de garantías jurisdiccionales. 🔺Excepciones a la regla general ⏺️Se justifica la activación de la justicia constitucional cuando los casos: *️⃣Comprometan notoria o gravemente la dignidad o autonomía de los servidores o trabajadores, y estos requieran una respuesta urgente e inmediata debido a la vulneración de sus derechos. Sentencia No. 844-22-EP/25
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Verónica Hernández Muñoz
Verónica Hernández Muñoz@VeronicaLHM·
🔵¿Cuándo proceden las garantías jurisdiccionales? Proceden en 3 momentos distintos: 1.- Después de la vulneración, cuando ya se ha producido el daño y corresponde la tutela de conocimiento; 2.- Durante la vulneración, cuando la afectación está ocurriendo en el presente; y, 3.- Antes de que se produzca, cuando existe una amenaza real e inminente. Sentencia No. 27-21-JC/25
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Leonardo Gabriel Romero Bastidas
Leonardo Gabriel Romero Bastidas@GabrielRomerotw·
Hoy, en nombre del Instituto Ecuatoriano de Estudios Laborales @IEEL_EC , tuve el alto honor de ser recibido por la Doctora María Emilia Casas Bahamonde, Presidenta Emérita del Tribunal Constitucional, Consejera de Estado y Presidenta de la @AEDTSS Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, quien impartió la ponencia de clausura en el I Congreso de Derecho Constitucional y del Trabajo. Fue para mí un motivo de especial satisfacción hacerle entrega, en nombre del Instituto Ecuatoriano de Estudios Laborales y de la Universidad de Salamanca @usal, del diploma que acredita su participación en este encuentro académico. Este diálogo nos permitió avanzar en tratativas para eventuales alianzas institucionales y futuras iniciativas de cooperación académica. La doctora Casas recordó, con gratitud, el cariño recibido en Ecuador durante sus visitas académicas.
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Verónica Hernández Muñoz
Verónica Hernández Muñoz@VeronicaLHM·
🔵Motivación por remisión: ¿qué es y cuándo existe insuficiencia motivacional? #LaCortedice que la motivación por remisión ocurre cuando los jueces hacen -total o parcialmente- suya una argumentación jurídica contenida en otra resolución judicial, especialmente, en la resolución que es objeto del respectivo recurso o acción. Esta forma de argumentar no supone necesariamente una insuficiencia motivacional. No obstante, lo será si la remisión es deficiente, es decir, si el juzgador, además de la remisión, no “realiza un pronunciamiento autónomo sobre el thema decidendum” o no adopta “una postura crítica sobre la suficiencia y la fundamentación de dicha sentencia [aquella a la que se dirige la remisión]. 🔺Para conocer un caso sobre vulneración a la motivación por ausencia de fundamentación autónoma, les recomiendo leer la Sentencia No. 1229-20-EP/25, párrafo 73.
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Verónica Hernández Muñoz
Verónica Hernández Muñoz@VeronicaLHM·
🔴Violencia política de género 🔘Definición 🔘Qué se entiende por violencia digital 🔘Criterios para analizar casos sobre tensiones entre el derecho de las mujeres a una vida política libre de violencia y otros derechos como la libertad de expresión. Sentencia T-149/25 de la CC de Colombia
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Verónica Hernández Muñoz
Verónica Hernández Muñoz@VeronicaLHM·
🔵Si presentas una acción de protección por afectación al derecho al cuidado, esta información puede ser útil⤵️ Opinión consultiva 31/25. Corte IDH
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Verónica Hernández Muñoz
Verónica Hernández Muñoz@VeronicaLHM·
🟠 Periodo de prueba y protección laboral reforzada de personas con discapacidad, sustitutos y cuidadores 🔸El período de prueba tiene por objeto verificar que el trabajador tenga las aptitudes requeridas por el empleador para realizar las tareas asignadas. 🔸Durante dicho periodo es posible dar por terminada la relación laboral sin pagar la indemnización por desahucio o despido intempestivo. 🔸No obstante, #LaCortedice que el periodo de prueba no puede ser empleado de forma extensiva o desnaturalizada, particularmente, cuando el empleador ya conoce el desempeño laboral del trabajador. 🔸No es posible utilizar la figura del periodo de prueba como un mecanismo para eludir obligaciones derivadas de la estabilidad laboral. Sentencia No. 828-20-EP/26🦉
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Verónica Hernández Muñoz
Verónica Hernández Muñoz@VeronicaLHM·
🔵Protección laboral reforzada en varios supuestos de contratación laboral en el sector público 🔹Casos No. 258-15-SEP-CC; No. 4-18-SEP-CC y No. 1095-20-EP/22 ▶️ La CC determinó que la terminación del contrato de servicios ocasionales de una persona con discapacidad vulneró su derecho a la protección laboral reforzada. 🔹Caso No. 172-18-SEP-CC ▶️La CC declaró la vulneración del derecho a la protección laboral reforzada por la terminación del nombramiento permanente de un cuidador de persona con discapacidad. 🔹No. 1067-17-EP/20 ▶️La CC declaró la vulneración a la estabilidad laboral por la terminación del nombramiento provisional de cuidadora de una persona con discapacidad. 🔹No. 689-19-EP/20 ▶️La CC declaró la vulneración del mismo derecho por la terminación del contrato de servicios ocasionales de un trabajador sustituto de una persona con discapacidad. 🔹No. 367-19-EP/20 ▶️Se declaró la vulneración del derecho a la protección laboral reforzada de un cuidador de una persona con discapacidad por la terminación de su relación laboral con una empresa pública. 🔹No. 1342-16-EP/21 ▶️La CC identificó la vulneración del mismo derecho por la terminación del nombramiento provisional de una persona con discapacidad. 🔹No. 2126-19-EP/24 ▶️La CC constató la vulneración de este mismo derecho por la terminación del nombramiento provisional de un cuidador de persona con discapacidad.
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Verónica Hernández Muñoz
Verónica Hernández Muñoz@VeronicaLHM·
🔴 60 casos en los que no procede presentar una acción de protección *Última actualización: 4-02-2026
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