
Sobre las opiniones de @CiroGomezL en relación al señor Vallarta quiero compartir las siguientes reflexiones en aras de explicar por qué se protege la libertad de fijar postura sobre un tema de interés público. En el caso concreto, una absolución no es un certificado de inocencia. Ese estándar existe para atar las manos del Estado, no lo que piense la sociedad. Quien opine que, con juicios como los de Ciro, se lastima la presunción de inocencia del señor Vallarta habría que apuntar que este principio adquiere su máxima dimensión frente al poder punitivo: prohíbe al juez, al fiscal, a la autoridad tratar como culpable a quien no fue condenado. Convertir ese escudo en mordaza sobre los periodistas la pervierte: limita lo que el Estado puede hacerle a una persona, no lo que la sociedad puede pensar. Esto además no es una peculiaridad mexicana. Es el consenso de las democracias constitucionales. En Gertz v. Robert Welch (1974), la Corte de Estados Unidos sostuvo que bajo la libertad de expresión no existe 'una idea falsa': una opinión no se corrige con jueces, sino con más debate. El Tribunal Europeo, en Lingens v. Austria (1986), fijó la línea decisiva: los hechos se prueban, las opiniones no; exigirle a un juicio de valor que demuestre su verdad viola la libertad de expresión. Y la Corte Interamericana —obligatoria para México— lo resolvió en Kimel v. Argentina (2008): una opinión sobre la actuación de la justicia no puede considerarse verdadera ni falsa y, por tanto, no puede ser sancionada. La crítica al ejercicio de la justicia goza de la más alta protección. México adoptó ese mismo estándar: las opiniones se protegen aunque hieran, con el único límite del insulto gratuito. Es importante diferenciar la opinion, conjetura o juicio de valor sobre la información. Por supuesto, no hay un derecho a infamar a alguien, nadie debe afirmar como hecho probado lo que un tribunal no probó. Lo que se defiende es el derecho a mirar un proceso público, a dudar de su resultado y a criticar a la justicia que absolvió. El día que exijamos un certificado judicial para opinar sobre un proceso judicial se habrá evaporado la libertad de pensamiento y de expresión en perjuicio de la libre deliberación pública rasgo distintivo de una sociedad democrática.























