John Lago
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John Lago
@LagoJonn
Escribiendo a ratos: no estamos hechos de átomos, sino de historias. Alter ego. He imaginado cosas que nunca creeríais.
เข้าร่วม Mart 2021
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@culturaliteral1 Esperaba ver la bandera del Apolo 11, la mayor mentira en la historia
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Fanáticos catalanistas insultan y acosan a una mujer, María Dolores, alcaldesa de #Vinaroz.
Su gran "delito" es decidir usar español y valenciano, las dos lenguas oficiales, por respeto a todos. Y no solo valenciano.
Pero ellos son los tolerantes y demócratas. Tú, el fascista.
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Chatos, hay 1.945 mezquitas en España que no permiten a las mujeres rezar junto a sus maridos
EL PAÍS@el_pais
Ya son cuatro las cofradías y hermandades a las que investiga el Ministerio de Igualdad por vetar a las mujeres de la Semana Santa social.elpais.com/28bzq3
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Díaz Ayuso nació en democracia, en 1978, y no tiene nada que ver con el bombardeo de Gernika.
En cambio, los de Arnaldo aportaron ésto cuando Arnaldo era de ellos.

Arnaldo Otegi 🔻@ArnaldoOtegi
Isabel, la aportación de los tuyos en Gernika fue la Legión Condor. Gernika Euskal Herriarena da! Beti antifaxistak! Gora Euskal Herria askatuta!
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El indulto de las 6 de La Suiza, como los de María Sevilla y Juana Rivas, no nacen del amor a la justicia del gobierno. Son golpes en la mesa: "aquí mando yo". Derriban argumentaciones judiciales. Dan indultos como designan altos cargos.
abc.es/opinion/juan-s…
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Años con gritos de "Puta España" en los graderíos de San Mamés, Anoeta, Balaidos, Riazor o Camp Nou. Pitadas al himno español por la hinchada del Barça en la Copa del Rey. Pero ahora este caso es excepcional y demandaba la suspensión inmediata del partido.
Cuando la tolerancia a la ofensa es grande, el escándalo apunta a otras razones .
Jordi Évole@jordievole
Vergonzoso lo que ha pasado esta noche en Cornellà-ElPrat No entiendo como nadie ha parado el partido. Espero la condena de los líderes políticos nacionales, sobre todo de alguno que es muy de condenar. Gracias @garridocarrusel por poner las palabras
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Vamos a explicar por qué las llamadas “seis de la Suiza” no fueron condenadas por “ejercer el sindicalismo” como viene diciendo la izquierda radical patria.
El caso de “Las seis de La Suiza” tiene su origen en un episodio ocurrido en junio de 2016, cuando la pareja de una trabajadora de la pastelería La Suiza, en Gijón, acudió al establecimiento y protagonizó un altercado con el empresario. El incidente terminó con una denuncia por amenazas y daños interpuesta por el hostelero. No existe ninguna condena por acoso contra el empresario ni contra los derechos de los trabajadores como he llegado a leer.
A partir de ese momento, y tras la apertura de juicio oral contra su pareja, la trabajadora abandonó su puesto y entró en contacto con el sindicato CNT. Según los hechos probados de la sentencia del Juzgado de lo Penal de Gijón, se organizó entonces una campaña coordinada de presión contra el empresario y su entorno.
Las actuaciones descritas por la sentencia incluyen concentraciones reiteradas frente al local, convocadas en redes sociales, la exhibición de pancartas, el reparto de pasquines y la difusión de un vídeo en el que se acusaba al empresario de acoso laboral y sexual.
Durante meses, la presión fue en aumento. El empresario se negó a indemnizar a la trabajadora por despido improcedente (no existía sentencia alguna que le obligara) y a retirar la denuncia contra su pareja, lo que intensificó las movilizaciones. Según los hechos probados de la sentencia del Juzgado de lo Penal de Gijón que fue confirmada por la Audiencia Provincial de Asturias y la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, estas acciones generaron un clima que disuadía a los clientes de acudir al establecimiento, afectando directamente a su actividad.
El desenlace fue el cierre del negocio, que la sentencia vincula de forma directa con la presión continuada, reiterada y desproporcionada ejercida sobre el empresario.
El Tribunal Supremo, en su sentencia 626/2024, confirmó la condena a tres años y medio de prisión por un delito continuado de coacciones graves y un delito contra la Administración de Justicia, además del pago de una indemnización de 125.428 euros.
La Sala subrayó que existió una actuación concertada de las seis condenadas para forzar la voluntad del empresario, incluyendo la retirada de la denuncia penal. Y es tajante al afirmar que la conducta desplegada no puede ampararse en la libertad sindical ni en la libertad de expresión, al exceder claramente sus límites.
Cuando la presión se convierte en un instrumento para imponer decisiones mediante intimidación y afecta al normal desarrollo de una actividad, deja de ser una protesta y pasa a ser un delito.

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