𝕰𝖑 𝕭𝖆𝖗𝖑𝖔𝖘 𓅓
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@BadBarlos
estudiante de ing informática. organizador de @navajanegra_ab

🌡️ Las masas de aire que se sitúan sobre España son extraordinariamente cálidas. ➡️ En los próximos días podrán alcanzar temperaturas superiores a las más altas registradas entre 1991 y 2020 por estas fechas. ➡️ Otro episodio con calor de verano en abril tras el de 2023.



🔴 ÚLTIMA HORA | Estados Unidos levanta las sanciones contra la presidenta interina de Venezuela, Delcy Rodríguez cadenaser.com/nacional/2026/…




🔴 China sale en defensa de España tras la amenaza de Trump: "El comercio no debe ser utilizado como arma" 20minutos.es/internacional/…

👀🗣️ DE PAUL: “ES MÁS DIFÍCIL GANAR LA MLS QUE LA CHAMPIONS LEAGUE” ‼️ El argentino ha conquistado la MLS, pero nunca ha levantado la Champions ℹ️ Marca México


🚨 NOTA INFORMATIVA Sobre las medidas cautelares concedidas a LALIGA contra NordVPN y ProtonVPN en defensa de los derechos audiovisuales de sus clubes. La resolución judicial reconoce la responsabilidad de estos intermediarios tecnológicos y les obliga a implementar medidas para impedir el acceso desde España a direcciones IP que emitan los partidos de LALIGA de forma ilegal. 🔗laliga.com/noticias/nota-…




LaLiga usa un auto de diligencias preliminares para mandar burofaxes pidiendo 261,65€: aquí podéis ver la resolución completa del Juzgado Mercantil nº1 de Córdoba y por qué no ampara estas cartas. El Auto de 17 de noviembre de 2025 no ampara, ni directa ni indirectamente, el envío masivo de burofaxes de “oferta vinculante” con reclamaciones de 261,65 euros a los titulares identificados, sino que circunscribe estrictamente el uso de los datos a la fase preparatoria del proceso y a la tutela jurisdiccional de los derechos de propiedad intelectual de LaLiga. Las diligencias se acuerdan ex art. 256.1.11 LEC, como mecanismo excepcional de obtención de información “para preparar un juicio”, limitado a la identificación de usuarios respecto de los que concurren meros “indicios razonables”. El propio Auto declara que “la presente resolución no tiene por objeto declarar la responsabilidad por haber cometido una infracción de ninguna persona, su objeto es simplemente habilitar un acceso a información necesaria”, remitiendo cualquier declaración de ilicitud y condena al eventual procedimiento declarativo posterior. Convertir esa información en base para exigir una indemnización tasada y estandarizada, bajo amenaza de acciones, desborda la función preparatoria y vacía de contenido las garantías propias del proceso contradictorio (art. 24 CE), constituyendo un uso desviado de la diligencia preliminar. Toda la construcción posterior de “ofertas vinculantes confidenciales”, articuladas al amparo de la LO 1/2025, es una estrategia diseñada unilateralmente por LaLiga y su despacho, sin respaldo expreso del Auto ni integración necesaria en la diligencia preliminar. No existe, por tanto, habilitación judicial específica que transforme esos indicios en título suficiente para reclamar extrajudicialmente una indemnización tasada, ni para presentar ante el usuario la infracción como un hecho consumado cuya única alternativa razonable sea el pago. Por tanto, el Auto de 17 de noviembre de 2025 no legitima el uso de los datos identificativos para remitir burofaxes como el de 27 de enero de 2026 reclamando el pago de 261,65 euros, y que esa utilización constituye una desviación de la finalidad de la diligencia preliminar y un empleo potencialmente abusivo de la información obtenida gracias a la resolución judicial. A continuación te puedes descargar la sentencia completa en el siguiente enlace 👇 cenafe.es/noticias/sente…







