
Luis Ruiz
4.9K posts

Luis Ruiz
@LRuizLicet
🇻🇪|Venezolano - Guayanés⚖|Abogado Emp. Morgado🕵️♂️|Consultor Téc Criminalística✋️|Coord. Reg. Activismo y Accion Social en el Edo. Bolivar @EnCiudadanoVzla















#ACTUALIZACIÓN #CasoVíctorQuero Víctor Quero no puede ser enterrado dos veces: primero en el silencio y luego en la impunidad. Después de meses de búsqueda debido a su desaparición forzada, su madre tuvo que reconocer el cadáver de su hijo. Ayer, con la exhumación, no solo se abrió una tumba: se abrieron preguntas que el Estado está obligado a responder. Exigimos respuestas: ¿Cuál fue la verdadera fecha de la muerte? Hay una contradicción central que no puede tratarse como un simple error administrativo. El comunicado oficial señala como fecha de fallecimiento el 24 de julio de 2025. La lápida de papel sobre la sepultura indica el 27 de julio. El acta de defunción aparece emitida el 30 de julio. El artículo 23 de la Ley para la Regulación y Control de la Prestación del Servicio Funerario y Cementerios establece que la inhumación o cremación debe realizarse en un lapso no mayor de 48 horas después del fallecimiento. Por eso, los tiempos no cuadran. Si murió el 24 de julio, el entierro debía realizarse, a más tardar, el 26 de julio. Si murió el 27 de julio, el entierro debía realizarse el 29 de julio. Pero el entierro aparece fechado el 30 de julio. Entonces las preguntas son inevitables: ¿murió Víctor Quero el 24 de julio, como dice el comunicado oficial, o el 27 de julio, como indica la lápida de papel? ¿Por qué el entierro aparece el 30 de julio, fuera de los lapsos legales? ¿Lo enterraron sin acta de defunción? ¿Se practicó la autopsia? La ley obliga a practicar autopsia cuando fallece una persona privada de libertad. En un caso de muerte bajo custodia o responsabilidad del Estado, la independencia forense es indispensable. No bastaría con decir que hubo autopsia. Hay que saber quién la ordenó, quién, cuándo y dónde la practicó, y qué evidencias se preservaron. ¿Por qué no se entregó oportunamente el cuerpo a la familia? El artículo 51 de la misma ley establece que los cadáveres que fallecen en un hospital deben ser entregados en un lapso no mayor de 4 horas, una vez terminada la experticia médico-forense. Si ese lapso no se cumplió, debe determinarse quién y por qué retuvo el cuerpo y bajo qué orden. El comunicado también señala que Quero no presentó datos filiatorios. Pero esos datos se obtienen de manera automática al realizar el fichaje del detenido. También existen serias contradicciones sobre el lugar de reclusión. Una madre no puede buscar a su hijo durante meses para terminar reconociendo un cadáver que el Estado tenía la obligación de identificar, resguardar y entregar conforme a la ley. ¿Cómo se le negó una amnistía si ya estaba muerto? Hay que responder: ¿quién sabía de su muerte?, ¿desde cuándo lo sabía?, ¿por qué no se informó a su familia?, ¿se informó al tribunal?, ¿por qué se mantuvo la opacidad? Negar una amnistía a una persona ya fallecida no es un dato menor. Es señal de desorden institucional, ocultamiento o manipulación de información sensible sobre una persona que estaba bajo responsabilidad del Estado. ¿Fue notificado el juez de la causa? Si Víctor Hugo Quero estaba sometido a un proceso judicial, el tribunal competente debía ser formalmente informado de su fallecimiento. Debe existir constancia en el expediente: fecha de notificación, autoridad que notificó, soporte documental y actuación judicial correspondiente. Si no hubo notificación, también debe investigarse. Si la hubo, debe hacerse pública la trazabilidad institucional de esa actuación. Este caso debe investigarse conforme al Protocolo de Minnesota sobre la Investigación de Muertes Potencialmente Ilícitas. Además, la Constitución, en su artículo 43, establece que el Estado debe proteger la vida de las personas privadas de libertad. Víctor Hugo Quero estaba bajo responsabilidad del Estado. Son muchas más las contradicciones. La investigación debe ser clara y deben determinarse los responsables. Exigimos verdad, justicia y reparación. Todo nuestro afecto y solidaridad para su madre, la Señora Carmen Navas.























Desde la Plataforma Unitaria Democrática de Venezuela expresamos nuestra enérgica condena al atentado ocurrido la noche de ayer en la Cena Anual de Corresponsales con las autoridades del Gobierno de los Estados Unidos, hecho que puso en riesgo la integridad física del presidente Donald Trump, @POTUS de la Primera Dama Melania Trump @FLOTUS así como de funcionarios gubernamentales, corresponsales de medios de comunicación y demás asistentes. Extendemos igualmente nuestra solidaridad al pueblo de los Estados Unidos de América ante este lamentable hecho, y a todos los presentes les expresamos nuestros votos para que se encuentren a buen resguardo junto a sus familias.







