
Código Liberal
83 posts










🇨🇴🇦🇷 Gustavo Petro asks the question the West does not want answered. "If Argentina is an exporter of quality meat, why can't Argentinians eat quality meat and are stuck eating donkey meat?" That is not just a question about Argentina. That is a question about the entire Global South. Countries rich in resources. Oil. Gold. Lithium. Cocoa. Coffee. Beef. Yet their own people cannot afford what they produce. Argentina exports premium beef to Europe and China. Argentinians eat donkey meat. Nigeria exports oil. Nigerians queue for hours for subsidized fuel. DRC exports cobalt. Congolese miners live on less than $2 a day. Ghana exports cocoa. Ghanaian children have never tasted quality chocolate. The system is designed to extract, not to feed. Produce for the West. Starve at home. Petro is right. This cannot happen in Colombia. And it should not happen anywhere in Africa or the Global South. The question is not why Argentinians eat donkey meat. The question is who profits from that arrangement. It's time to change the answer.

🥊 El Dipy va por Ana Clara María Amoroso Molinari Tras ser sobreseído en la causa por abuso sexual, el cantante afirmó que denunciará a la Concejal de José C. Paz por “falsa denuncia, daños y perjuicios, calumnias e injurias, lucro cesante y alguna que otra cosa más”.



🚨SE ACABA DE APROBAR LA LEY DE GLACIARES Y AMBIENTES PERIGLACIARES🚨 📝De que se trata la ley? 🧊 IDEA GENERAL DE LA LEY: Esta ley modifica la Ley de Glaciares (26.639). El eje central es: 👉 Los glaciares son reservas estratégicas de agua. 👉 Hay que identificarlos oficialmente. 👉 Lo que esté identificado y cumpla función hídrica queda protegido. 👉 Hay actividades que quedan directamente prohibidas. 🔹ARTÍCULO 1 – ¿Para qué existe la ley? Qué dice en simple: Los glaciares sirven como: 💧 Reserva de agua potable 🌾 Agua para agricultura 🌿 Protección de biodiversidad 🔬 Investigación científica 🏔 Turismo -Son bienes públicos (no privados). -Se debe usar el recurso de forma racional. -Las provincias son dueñas de los recursos naturales (según Constitución). -Se debe pensar en las generaciones futuras. Qué implica?: 1. El glaciar no es “tierra explotable libremente”. 2. La prioridad es su función como reserva de agua. 3. Se reconoce que las provincias tienen poder sobre el recurso. 4. Se introduce el concepto de “uso racional” (no prohibición absoluta). 💡Ejemplo: Si un glaciar abastece un río que da agua a Mendoza: -Ese glaciar se considera estratégico. -No puede tratarse como un terreno cualquiera. -La provincia tiene poder, pero debe usarlo racionalmente. 🔹ARTÍCULO 2 – Inventario Nacional de Glaciares Se crea un registro oficial donde se listan: -Glaciares -Geoformas periglaciales (zonas congeladas alrededor) -Pero solo los que cumplan función hídrica. -El inventario debe ser consultado obligatoriamente por las autoridades. Qué implica: 1. No todo hielo entra automáticamente. 2. Solo lo que tenga función como reserva de agua. 3. Si no está en el inventario, en principio no está protegido por esta ley. 💡Ejemplo: Si una empresa quiere hacer algo en una montaña: -Primero se consulta el Inventario. -Si el glaciar está listado → aplica protección. -Si no está → no aplica esta ley (aunque puede aplicar otra). 🔹ARTÍCULO 3 – Principio precautorio Si algo está en el inventario: 👉 Se presume protegido 👉 Hasta que se demuestre que no cumple función hídrica Si luego se comprueba que no cumple función: 👉 Se lo elimina del inventario 👉 Y deja de estar alcanzado por esta ley Qué implica: Cambia la lógica: -Antes: primero se analizaba, después se protegía. -Ahora: primero se protege, después se analiza. Pero si se concluye que no cumple función hídrica → sale del sistema. 💡Ejemplo: Un glaciar pequeño está en el inventario: -Se lo protege. -Se estudia. -Se concluye que no aporta agua relevante. -Se elimina del inventario. Ya no aplica esta ley (aunque sigue la Ley General del Ambiente). 🔹ARTÍCULO 4 – Quién hace el inventario El responsable es: -👉 IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología y Glaciología) -Si es zona fronteriza → interviene Cancillería. Las provincias: -Pueden informar nuevos glaciares. -Pueden informar cuando uno ya no cumple función hídrica. Si el IANIGLA no elimina algo, eso no invalida autorizaciones provinciales. Qué implica: -Se refuerza el rol técnico. -Se refuerza el rol provincial. -Se evita que un error administrativo bloquee autorizaciones. 💡Ejemplo: Si San Juan detecta que un glaciar ya no cumple función: -Informa. -IANIGLA debe quitarlo. -Si no lo hace, igual la provincia puede autorizar algo. Esto es políticamente relevante. 🔹ARTÍCULO 5 – Actividades prohibidas En glaciares identificados: ❌ Prohibido: -Contaminar -Construir infraestructura (salvo científica o prevención) -Minería -Hidrocarburos -Industrias Pero: La autoridad debe determinar si hay “alteración relevante”. Qué implica: 1. Si es glaciar protegido → minería directamente prohibida. 2. Pero la definición depende de lo que la autoridad identifique como glaciar con función hídrica. Ejemplo Si un glaciar abastece una cuenca: ⛔ No se puede hacer minería ahí. Pero si un cuerpo de hielo se elimina del inventario: → Ya no aplica esta prohibición específica. 🔹ARTÍCULO 6 – Evaluación de impacto ambiental Toda actividad necesita: -Evaluación ambiental previa -Participación ciudadana Excepto: ✔ Rescates ✔ Estudios científicos simples ✔ Deportes no contaminantes Qué implica: -No se puede hacer nada sin estudio previo. -Pero el andinismo o investigación liviana siguen permitidos. 🔹ARTÍCULO 7 – Autoridades competentes -Cada provincia define su autoridad ambiental. -En parques nacionales → Parques Nacionales. La autoridad debe: 1. Identificar qué glaciares cumplen función hídrica. 2. Informar al IANIGLA para actualizar inventario. Qué implica: -Se descentraliza mucho en provincias. -Esto es coherente con tu interés en Argentina y federalismo: 👉 Nación fija mínimos. 👉 Provincias ejecutan. --- 🎯 EN RESUMEN GENERAL Esta reforma: 1. Refuerza el criterio hídrico (agua) como eje central. 2. Da más protagonismo técnico al inventario. 3. Refuerza el rol provincial. 4. Mantiene prohibición de minería en glaciares con función hídrica. 5. Permite excluir glaciares si no cumplen función. 👉 Si un glaciar se elimina del inventario por no cumplir función hídrica, deja de estar protegido por esta ley. Eso podría tener impacto en proyectos mineros en zonas grises. 📌 Ejemplo: Supongamos: Empresa minera quiere operar en alta montaña en San Juan. Paso 1: Se consulta Inventario. Caso A: El glaciar está listado y cumple función hídrica → minería prohibida. Caso B: Está listado pero se prueba que no cumple función → se elimina → ya no aplica esta ley. Caso C: No está listado → no aplica esta ley (pero sí otras ambientales). 💧 Filosofía de fondo La ley busca equilibrar: Protección ambiental Uso racional Autonomía provincial Seguridad jurídica No es una prohibición absoluta de toda actividad en cordillera. Es protección basada en función hídrica comprobada.




#DatoINDEC En el 2° semestre de 2025, la pobreza alcanzó al 21,0% de los hogares en el que residen el 28,2% de las personas que releva la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) en 31 aglomerados urbanos indec.gob.ar/uploads/inform…


El inútil que tenemos por Presidente está destrozando el País, ah pero Milei es Malísimo…







La intervención diplomática no fue de “último momento”. Estuvimos acompañando el caso desde el primer día y coordinados en la acción que requería la defensa de Agostina. Que no se den a publicidad previa las gestiones diplomáticas realizadas, no es indicio que no se estaba trabajando en el caso desde el gobierno.

Agostina Páez, la abogada acusada de racismo en Brasil, podrá regresar a la Argentina: deberá cumplir tareas comunitarias.

























