Hernan Miranda

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Hernan Miranda

Hernan Miranda

@hernanmiranda31

Director de On! Productora de Eventos Mendoza.

Mendoza, Argentina Katılım Mayıs 2016
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Hernan Miranda
Hernan Miranda@hernanmiranda31·
@RAMIROMARRA @RAMIROMARRA por favor Ramiro danos una mano a los salones de fiestas que seguimos siendo rehenes de sadaic , siguen cobrando los impuestos.. porque aducen que el salón. De fiestas no es un ámbito privado... Necesitamos aclaren ese punto .. por favor
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Ramiro Marra
Ramiro Marra@RAMIROMARRA·
CHAU AL ROBO DE SADAIC 👋🏻 Era una estupidez digna de KIRCHNERISTAS el tener que pagar una tarifa por pasar música en una fiesta privada o en un cuarto de hotel. El único objetivo de esto era seguir robándole a la gente. Todos esos curros se acabaron.
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Hernan Miranda
Hernan Miranda@hernanmiranda31·
@fedesturze Por Favor @fedesturze , Los salones de fiestas están siendo apretados por @Sadaic_Oficial para que sigan pagando por la realizacion de cumple de 15 y bodas... Dejen claro este tema por favor. Muchas gracias
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Fede Sturzenegger
Fede Sturzenegger@fedesturze·
Hace varias semanas dimos a conocer el Decreto 765/24 que definía los eventos de reproducción pública que requerían un pago de derechos a las empresas de gestión colectiva. Ese decreto definió que esos pagos solo correspondían cuando las reproducciones ocurrían en espacios abiertos, de acceso libre y para una pluralidad de personas. Eventos como fiestas privadas o la reproducción de contenidos en un cuarto de hotel no estaban comprendidos y por ende debían dejar de abonar esos derechos. Esta nueva interpretación requería la derogación de la Resolución Conjunta No 2/2019 contradictoria al 765/24. La Resolución Conjunta 2/24 publicada hoy con firma de @m_cuneolibarona y @GAFrancosOk avanza con dicha derogación necesaria para evitar cualquier duda respecto a la correcta interpretación del Decreto 765/24. Esta derogación fue impulsada por el Secretario de Turismo, Deportes y Medio Ambiente @DanielScioli. Como hemos dicho varias veces, el gobierno de @JMilei es un gran defensor de los derechos de propiedad, pero estos deben ser adecuadamente definidos. VLLC!
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Hernan Miranda
Hernan Miranda@hernanmiranda31·
@Bobmacoy De verdad nunca nadie le dio un correctivo a este tipo?? Me molesta mucho escucharlo...
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Fede Sturzenegger
Fede Sturzenegger@fedesturze·
Aquellos interesados en este tema de los derechos de autor pueden ver mi intervención sobre esta cuestión días atrás en @tn
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Fede Sturzenegger
Fede Sturzenegger@fedesturze·
Dado el debate reciente quería explicarles los alcances del decreto 765/24 sobre los derechos de propiedad intelectual, y en particular por qué las fiestas privadas ya no deberán pagar por la reproducción de música. La controversia se refiere a cuándo corresponde la percepción de derechos de autor en las reproducciones de creaciones artísticas. Recordemos que la Ley 11.723 otorga un derecho de autor en las reproducciones públicas. La reglamentación afirmaba, previo al Decreto 765, que era reproducción pública cualquiera llevada a cabo fuera del hogar. Hay que recordar que esta norma se escribió en 1934 cuando los mecanismos para reproducciones públicas eran acotados (¿quizás el cine del pueblo?). Obviamente, esa definición necesitaba una actualización. El Decreto 765, al actualizar la reglamentación del artículo 33 de la ley de 1934, cambia la definición de lo que es representación pública reemplazando la vieja –que establecía como pública toda reproducción fuera del domicilio- por una más moderna que distingue entre ámbitos privado y público. La gestión de derechos solo es válida si hay reproducción en ámbitos públicos. ¿Y cuándo sería pública una reproducción? El decreto lo define como aquella que se ejerce en lugares de acceso abierto, libre y para una pluralidad de personas. De esta manera resulta obvio que son públicas las reproducciones en un restaurant, bar, comercio, o en un estadio. Igual de obvio es que la reproducción de música es privada en un domicilio particular, en una habitación de hotel, o en una fiesta privada -aun si es en un salón contratado-, ya que no son espacios de acceso libre y abierto. Algunas organizaciones argumentan que debe persistir el pago porque el artículo 35 de la ley de 1934 indica que deben cobrarse derechos de autor cuando existe un interés económico directo o indirecto de la reproducción. Y aducen que, por ejemplo, un salón de fiestas tiene un fin de lucro. Pero eso solo es correcto si existiera una reproducción pública. Cuando la fiesta es privada no hay tal reproducción pública y por ende no hay derecho a tutelar. Ergo, las fiestas privadas no deben pagar. El Presidente @JMilei considera que la propiedad privada es un pilar central de la construcción de una economía próspera y que esos derechos deben ser claramente establecidos y defendidos a ultranza, al punto tal de que éste es el primer eje del Pacto de Mayo. Aquí de lo que se trata es de definir esos derechos acorde a los tiempos y a la tecnología actuales. @m_cuneolibarona
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Hernan Miranda
Hernan Miranda@hernanmiranda31·
@javiermarcelo80 @fedesturze Si no se paga, les envían las facturas al salón y entran en un litigio por falta de pago.... Ellos amenazan con llamar a la fuerza pública para cortar el evento .. acá son de terror...
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javi
javi@javiermarcelo80·
@hernanmiranda31 @fedesturze Perdon,, pero que puede pasar si los salones no paga más ni a sadaic o aadi capif? Pueden ser clausurados o multados???
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Hernan Miranda
Hernan Miranda@hernanmiranda31·
@sicarlosva3110 @fedesturze Acá en Mendoza tanto sadaic como aadicapif cobraron siempre en los eventos privados, ejemplo una boda en un salón con 100 invitados pagas entre los dos 400.000 pesos. Desde el decreto sadaic mando comunicado diciendo que se seguirá cobrando igual que antes.
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sicarlosva
sicarlosva@sicarlosva3110·
@hernanmiranda31 @fedesturze Es lo mismo que Sadaic. AFUERA. No se cobran ni se cobraban antes derechos en el ámbito privado. El decreto lo único que hizo fue redefinir la definición de público y privado. No especifica a ninguna agrupación
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Mauricio Sequeiros
Mauricio Sequeiros@MauricioSequei3·
En todo el país están llegando a los salones de fiestas a cobrarle a los clientes, un cumpleaños es una fiesta privada, sin venta de entradas, esto se debe aclarar y hacer extensivo a Sadaic que funciona con un decreto ley del 74. @fedesturze @mauriciomacri @majulluis
Mauricio Sequeiros tweet mediaMauricio Sequeiros tweet media
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Alberto Samid
Alberto Samid@soyalbertosamid·
Como detectar un troll libertario? Usan nombres raros. Estilo @erny1114 Tienen menos de 100 seguidores. Repostean mucho y postean poco. Me atacan con adjetivos tales como "delincuente" "cuatrero" hacen alusión a una supuesta tobillera, a mi obesidad y a mi inclinación sexual
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