TheWiz
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@Jthwiz
Auditor Interno en ISO 9001, 14001 y SAST NMX 001 IME UANL
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La reforma al artículo 127 Constitucional que recorta las pensiones de jubilados de confianza que trabajaron durante 30 años o más, siendo éstas reconocidas por medio de contratos colectivos de trabajo y señaladas por la Junta de Conciliación y Arbitraje como caso juzgado, es inconstitucional por no respetar la irretroactividad, así como los derechos humanos, además de ser selectiva y discriminativa porque excluye de las afectaciones a las fuerzas armadas, a ministros del poder judicial y a sindicalizados, como si hubiese jubilados de primera o de segunda.
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@gibran_zazueta Una pregunta, si el Dictamen revisado y votado por el Legislativo es diferente al documento publicado en el DOF ? En dictamen se cita a ex servidores de confianza tipo B art 123 y el documento publicado van por tipo A art 123
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Esta jurisprudencia puede ser de utilidad en los asuntos de los jubilados.
Pero no he visto que se estén planteando desde este matiz (ni por vicios del acto de aplicación en cálculo).
Básicamente esta postura (entre otras), fue la que se sostuvo en la sentencia del amparo contra la reforma judicial para sostener su procedencia.
Aunque bueno, si con el PJF anterior muchos juzgadores no lo entendieron o les dio miedo, actualmente veo nulas posibilidades de que los tribunales hagan ejercicios serios de interpretación constitucional.
“Es de que el 61, fracción I, mi Lic…” y otras falacias.


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@adelatl521 @Claudiashein Podrás retirar titulo de "doradas" eso se cayo inmediatamente al corregir la información absurda de 1 mdp ...no sigan utilizando ese slogan falso
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🚨No se trata solo de pensiones, sino de violentar el Estado de Derecho”
Jubilados y pensionados han protestado en diversos Congresos de los Estados por la aprobación de la reforma al artículo 127 de la Constitución por el Ejecutivo Federal @Claudiashein que establece un tope a las llamadas "pensiones doradas".
Los inconformes de @CFEmx, @Pemex, @NafinOficial y otras Instituciones acusaron que se está aplicando la retroactividad en la ley, lo que atenta contra el Estado de Derecho al Artículo 14 Constitucional.
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@ProyectoDossier Para empezar ni lo uno ni lo otro; las jubilaciones son casos cerrados, por salarios diferidos.
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#Banobras y #Bancomext reducirán pensiones a $65,048 mensuales desde la segunda quincena de abril, tras la reforma constitucional; afectará a 739 jubilados.
La asociación pide fijar el tope con base en el sueldo bruto presidencial, que es de $191,846, lo que daría $95,923.

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@VigiaCiudadano7 @HugoAguilarOrti Pregunto quien trabaja asi: los jubilados de Cfe habia hora de entrada, no hora de salida. Eso contestara la pregunta?
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Reportero encara a la corte del acordeón... Se justifica con muchas horas de trabajo y sale huyendo @HugoAguilarOrti
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@PjfSecretario No son letrados en leyes pero fueron la fuerza que ud tuviera energia en su hogar , escuela...
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@PjfSecretario Dicen que la rama se rompe del punto mas delgado...los dichos son ciertos y no lo dude...
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Ya son más de 16 mil casos acumulados de Sarampión en México.
Al corte del 16.04.26:
-16,096 casos acumulados desde el inicio de la epidemia 2025-26.
-9,524 casos en 2026.
-Se agregaron 85 casos más al total del 2025, llegando a 6,572.
-La tasa de incidencia más elevada es en los <1 año con 78.82 casos/100,000 habs.

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🛑He sabido que varios despachos de colegas muy competentes en materia constitucional y amparo, están ofreciendo servicios para demandar la inconstitucionalidad de la reforma constitucional al artículo 127 de la norma suprema en materia de: límite a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas.
🚨La apuesta es clara: primero ir al amparo y, en caso de que no se obtengan resultados favorables [lo que seguramente sucederá], se prevé llevar el asunto ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para buscar tanto la emisión de una medida cautelar, como la posibilidad de que la Comisión decida, a su vez, plantearlo ante la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos [esta perspectiva es correcta, pero lo que no dicen es que el plazo para que se resuelva en la instancia interamericana puede tardar entre 7 y 10 años]
📍Desde mi óptica, en las circunstancias y con la configuración actual del #PJF, este litigio nace muerto y con pocas posibilidades de éxito ¿Ustedes piensan que la actual integración de la #SCJN va a admitir la inconstitucionalidad de una reforma a la Constitución, cuando ésta es producto de otra reforma constitucional que fue cuestionada internamente y está siendo objeto de análisis ante la Comisión-IDH?
⭕️Y ojo, no se piense aquí que no hay razones de fondo para poner bajo una relevante duda de validez constitucional y convencional a la reforma al límite a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas; el tema es de política judicial de órganos que han emanado de otra reforma igualmente cuestionada, se trata de la supervivencia misma del actual #PJF.
🔵Éxito para quienes emprendan esta cruzada.
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@JoelOjedaRomo @UPMexico Me asalta la pregunta: porqué permitieron que llegáramos a esto?
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En mis clases de amparo en la @UPMexico al ver el tema de improcedencia y sobreseimiento, mis alumnos(as), inteligentes como ellos solos, ya dominan que:
Actualizada causa de improcedencia, se impide estudio de fondo por muy inconstitucional que sea el acto.
Por supuesto, 🧵
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@gibran_zazueta @Albertoml Abogados : que hicieron o no hicieron, para que la Constitución no fuera vulnerable y adoptada a modo?
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@Albertoml La reforma “está en la Constitución”, espero haya quedado más claro.
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‼️ Por favor hágale llegar este mensaje al amigo, vecino o familiar jubilado o que tiene padres jubilados:
👉 No caigan en manos de abogados tramposos, la reforma a las pensiones es constitucional, los amparos se están desechando.
👉 Si les prometieron que deben ir al amparo para luego ir a Cortes Internacionales también les están vendiendo mentiras, esas sentencias tardan hasta más de 10 años y no es seguro que cumplan.
👉 Salvo que usted lo haga por una satisfacción moral (no económica), adelante.
👉 Porque si no, el único que va a ganar dinero fácil es el abogado que le prometió amparos y cortes internacionales.
Lamentablemente estamos expuestos a un régimen que ya encontró la manera de destruir los derechos de todos: reformando la Constitución y con un Poder Judicial a modo.
Nos queda la protesta, la lucha social y electoral.
👁️ Si le va a entrar a los amparos diga que sí, que paga un anticipo al admitirse la demanda. Mientras que sea pro bono.
Otra, mejor acercarse a colectivos o asociaciones civiles que lo hagan GRATIS, no a despachos privados que le van a pedir $40 mil de entrada más gastos.
Y ojo, yo ahora también litigo y asesoro, pero robarle el dinero a jubilados es algo reprobable.

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@linozentella_ @Pemex Creo que su comentario está fuera de lugar. Las pensiones serán a tope de $67000 aproximado..
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Denuncia al 9933989844… 🚩⚠️💸❗️¡PENSIONES DORADAS: Aplican descuentos del -54% a jubilados de Pemex! Trabajadores de @Pemex reportan que ya les comenzaron a aplicar -fast track- los descuentos en sus pensiones mensuales tras la aprobación de la reforma al Artículo 127 Constitucional enviado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo para eliminar las llamadas “pensiones doradas”, pero que terminó afectando a los que menos perciben, señalan. Según la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 10 de abril de 2026 pone fin a las pensiones doradas en México, limitando las jubilaciones de altos funcionarios públicos. La norma, vigente desde el 11 de abril de 2026, establece que ninguna pensión de servidores públicos de confianza podrá superar el 50% de la remuneración presidencial. Según una tabla -a priori- de percepciones por jubilación de puestos antes y después de la reforma así quedaron: 1.- Director General (N-48) antes percibía 238,295.56 pesos y ahora 108,000 pesos. 2.- Director Subsidiaria (N-46) antes percibía 193,152 pesos y ahora 98,909 pesos. 3.- Subdirector (N-45) antes 182,594.84 pesos y ahora 94,636 pesos. 4.- Gerente (N-42 al 44) antes 166,839 pesos y ahora 89,818 pesos. 5.- Subgerente (N-41) antes 129,206.57 y ahora 76,181 pesos. 6.- Coordinador (N-39) antes 107,473.55 y ahora 67,090 pesos. 7.- Jefe de Área (N-37) antes 71,601.73 pesos y ahora 58,000 pesos. Y 8.- Especialista (N-35) antes 62,995.69 pesos y ahora 52,727.27 pesos. Afectando desde el N-35 para arriba con porcentajes que van del -17% al -54%. Por lo mismo hoy hubo protestas a nivel nacional de trabajadores jubilados de @Pemex y @CFEmx en ciudades como Villahermosa, Tabasco; Guadalajara, Jalisco; a la que se sumó durante el día la manifestación de Monterrey, Nuevo León, donde anunciaron demandas. Atención @Claudiashein @MarcelaVilleg15 @CNE_Mex @SENER_mx @GobiernoMX @FGRmexico @LuzElena_GE @ASF_Mexico @SCJN @STPS_mx @Tu_IMSS @SEMARNAT_mx @agencia_asea @CENAGAS_mx @IMPetroleo @SATMX @Hacienda_Mexico @BuenGobierno_mx @Centrofcrl @SEMAR_mx @PROFEPA_Mx @Mx_Diputados @senadomexicano #OIC #UIF #OmarReyesColmenares….Zas!!!
1.- linozentella.com.mx/reforma-exhibe…
2.- linozentella.com.mx/untypp-protest…
3.- linozentella.com.mx/pemex-transpar…
4.- linozentella.com.mx/pension-dorada…

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@imnayibnava Hoy, Pemex ya descontó las pensiones de jubilados. El ajuste considera su nueva pensión por los 5 días desde la vigencia de la reforma. Sin norma reglamentaria
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Pintar un resultado 100% favorable a jubilados que les afectará la reforma que limita las pensiones de la burocracia a la mitad del salario de la PresidentA, es abusivo.
Espero realmente que, se les haya dicho a los jubilados que se tratan de reformas constitucionales, y que al día de hoy, el amparo es improcedente contra reformas a la Constitución.
También sería interesante cómo están entrándole, si directamente vs la norma, y si van a tener en cuenta el primer acto de aplicación, el cual todavía no se ha dado, al menos aún no se le ha descontado a ningún jubilado el monto de su pensión.
Al final, habrá que esperar el camino de estos amparos ya promovidos, los que vengan y los que resulten a partir del primer acto de aplicación.
Hay varios puntos que cada Juzgado deberá considerar, incluso para conceder la suspensión.
Esto es incierto, pero asegurar un resultado favorable, y en este caso, es irresponsable, y quien les diga lo contrario, está mal.
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@JoseMarioMX Que opinion le merece, si los jueces daran entrada a la suspencion del acto reclamado mientras exista un fallo?
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La reforma que limita las pensiones de la burocracia al 50% del salario presidencial es una reforma constitucional. Eso significa que el amparo NO es un “escudo mágico” para tumbarla en abstracto. Decirle a la gente “ampráte y ya con eso conservas tu pensión” sin más explicación es, como mínimo, incompleto y genera expectativas irreales.
Lo que sí se puede intentar jurídicamente es ampararse contra el ACTO DE APLICACIÓN: el recibo donde ya les bajaron la pensión, el oficio que ordena el recorte, los lineamientos internos. Ahí se alegan cosas como irretroactividad, derechos adquiridos, mínimo vital y protección reforzada a adultos mayores. Es una batalla caso por caso, con mucha incertidumbre, no una garantía automática de victoria.
Por eso es clave hablarle claro a los jubilados: el amparo aquí es una apuesta de litigio estratégico, no una varita mágica. Puede servir para pelear suspensiones, documentar abusos y obligar a los tribunales a pronunciarse sobre la regresividad de la reforma. Pero quien prometa “con tu amparo sí o sí conservarás tu pensión original” no está describiendo el panorama jurídico real.

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@micm54 Tienes razón pero la SCJN emitió dos tesis que avalan la retroactividad incluso en perjuicio de las personas. La base de esas tesis es que si el Congreso constituido así lo determina una reforma constitucional puede ser retroactivo
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En México, la retroactividad de la ley no está permitida si perjudica a una persona en sus derechos adquiridos. El Artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohíbe aplicar nuevas leyes a situaciones pasadas que ya consolidaron derechos en el patrimonio de una persona, garantizando la seguridad jurídica.
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