

✍️Reforma del régimen sancionatorio por omisión de presentación de declaraciones juradas: análisis del artículo 38 de la Ley 11.683 según la Ley 27.799. 📑Acceso exclusivo suscriptores --> siap.blogdelcontador.com.ar/analisis/anali…
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Información y Actualización Profesional. Humor y memes. Boca siempre. La menta granizada no se mancha. Autor/Editor: CP Marcos Felice Mat. CPCECABA T364 F236.


✍️Reforma del régimen sancionatorio por omisión de presentación de declaraciones juradas: análisis del artículo 38 de la Ley 11.683 según la Ley 27.799. 📑Acceso exclusivo suscriptores --> siap.blogdelcontador.com.ar/analisis/anali…

“Se reglamentó el RIFLE: Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral. Quienes contraten los próximos 4 años, pagarán menos contribuciones laborales. Al RIFLE se le sumará el FAL”. - Adorni sobre la reglamentación de la reforma laboral




ATENCIÓN! 📌 Régimen Simplificado de Ganancias. 📌 El Fisco notifica la exclusión. 📌 CAUSA: Ingresos Exentos y No Gravados. 👇 🔹BLANQUEO del 2024.





🤝💣 SE VIENE LA REFORMA DE LA LEY DE SOCIEDADES QUE CREARÁ EL RÉGIMEN JURÍDICO QUE PERMITIRÁ LA CREACIÓN DE SOCIEDADES DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL ✅ Permitirá crear jurídicamente sociedades SIN PERSONAS ✅ Se anticipará a otros países para que las empresas se INSTALEN primero en Argentina 🇦🇷 ✅ Podría permitir que en el futuro casi TODO el PBI MUNDIAL pague impuestos en Argentina a una tasa atractiva 💰 🎙 @fedesturze






El Directorio de la @CNVArgentina , en el marco del proceso de modernización del mercado de capitales argentino que viene impulsando, y en línea con la agenda de desburocratización del Gobierno Nacional, aprobó la Resolución General N° 1136, la cual somete a consulta pública un cambio significativo en el régimen aplicable a Programas Globales, Emisores Frecuentes, obligaciones negociables autónomas tanto bajo el Régimen General como PyME CNV, con el objetivo de simplificar procesos y fortalecer el acceso al mercado de capitales. El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, destacó que “avanzamos en la agilización de los trámites vinculados a Programas Globales, de ONs autónomas, de Emisor Frecuente y PyME CNV, poniendo esta innovadora normativa en consulta pública”, y agregó que “como dijimos desde el primer día, vamos a simplificar las normativas para que acceder al mercado sea fácil y ágil sin interferir en la inmediatez necesaria para el aprovechamiento de oportunidades”. Por último, dijo que “creemos en un mercado más libre, abierto y dinámico, donde la libertad que proponemos trae aparejada, necesariamente, la responsabilidad de quien la ejerce”. En este sentido, se propone reemplazar los trámites de autorización previa de CNV de las prórrogas de programas globales, aumentos de monto y modificaciones de términos y condiciones por parte de las Emisoras, por un procedimiento de autorización automática con su sola presentación a través de la plataforma TAD y su difusión en la Autopista de la Información Financiera (AIF). Asimismo, se establece que en los casos de hacer uso de la opción de actualización de Prospectos podrán hacerlo sin requerir autorización previa de CNV, debiendo cumplir con las obligaciones de publicación y responsabilidad sobre la información difundida. La regulación extiende este enfoque a las emisiones de obligaciones negociables autónomas, al régimen de Emisor Frecuente y a los Programas Globales PyME CNV, eliminando, además, para este último caso, la necesidad de autorización previa para la emisión de clases o series. Por otra parte, se modifica el plazo mínimo de duración de las series o clases que se emitan bajo los Programas Globales a 30 días, teniendo en cuenta las características de las emisiones de obligaciones negociables, quedando aquellas de menor plazo accesibles a otros instrumentos vigentes en el ámbito del mercado de capitales (pagarés, cheques, etc.). En concordancia con las medidas adoptadas, se adecúan las facultades delegadas en la Gerencia de Emisoras y Subgerencias, y se establece que los trámites iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la RG definitiva quedarán automáticamente autorizados sin ningún tipo de presentación. Es destacable en este sentido, que todo documento que se difunda importa la plena responsabilidad por parte de la Emisora y de sus respectivos firmantes, por la suficiencia y veracidad de la información que se publique. argentina.gob.ar/noticias/elimi…










